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Una sentencia faculta a AENA a organizar las vacaciones de los controladores

Madrid, 18 mar (EFE).- Una sentencia del Juzgado de lo Social 39 de Madrid faculta a AENA para organizar los turnos de vacaciones de los controladores de Madrid-Barajas, al considerar que no está vigente un acuerdo extra convenio firmado con estos trabajadores el 18 de septiembre del 2007.

En un auto al que ha tenido acceso EFE, de 12 de marzo, se estima la demanda presentada por el Ente Público Estatal Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) contra la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA), por la que se declara que "el acuerdo suscrito en el 2007 no se encuentra vigente desde el 1 de enero del 2010".

De acuerdo con el auto, el 18 de septiembre de 2007 se firmó el "acuerdo sobre vacaciones y asuntos propios para el personal Controlador de la Torre de Control de Madrid-Barajas", dicho acuerdo preveía el reparto y la decisión de las vacaciones de estos trabajadores, permitiendo un disfrute simultáneo de un 51 por ciento de la plantilla.

En la exposición de hechos que realiza AENA se indica que desde el 7 de septiembre se han realizado diversas reuniones entre las partes para elaborar un nuevo pacto sobre la definición de turnos de vacaciones, que han finalizado sin éxito, concluyendo el 23 de noviembre.

Tras ello, AENA ha preparado una serie de turnos de vacaciones que suponen que únicamente se podrán simultanear por el 26 por ciento de la plantilla, que a 31 de setiembre del 2007 ascendía a 116 trabajadores en la Torre de Control del Aeropuerto de Madrid-Barajas, y a 124 en enero del 2010.

La decisión del Juzgado de fecha 12 de marzo da la razón a AENA en la reorganización del turno de vacaciones, algo que ya estaba incluido en el articulado del Decreto-Ley de 5 de febrero presentado por el Ministerio de Fomento y aprobado por el Consejo de Ministros de ese día.

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