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Economía/Empresas.- CiU pide una interpretación de la ley de contratos públicos que no excluya a pymes por externalizar

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

El grupo parlamentario de CiU ha registrado en el Congreso una proposición no de ley en la que aboga por una interpretación menos restrictiva de la futura normativa de la ley de Contratos del Sector Público para que no impida el acceso a potenciales competidores en detrimento de las pequeñas y mediana empresas (pymes) que recurren con frecuencia a servicios auxiliares o externalizan parte de su actividad.

Para los nacionalistas catalanes, la clasificación y registro de las empresas en materia de contratación pública no puede constituir un obstáculo que impida la efectiva competencia del mercado, de forma que los criterios de interpretación de sus normas reguladoras se convierta en un filtro que impida el acceso a potenciales competidores.

CiU denuncia que desde hace un tiempo, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA) viene aplicando una interpretación muy restrictiva por la que se está denegando la renovación de la clasificación a las empresas que no puedan justificar la realización directa de proyectos.

Este hecho está excluyendo del Registro de Entidades Limitantes a un gran número de empresas, particularmente pequeñas y medianas, que utilizan de forma recurrente servicios auxiliares o externalizan parte de su actividad.

A su juicio, la calificación del contratista a los efectos de acreditar su solvencia técnica, económica y financiera es una calificación de aptitud y responsabilidad del contratista en la ejecución de la obra.

En este sentido, los nacionalistas ven la mencionada interpretación un "error" y un planteamiento contrario a la eficiencia del mercado ya que ignora la actual tendencia a la especialización y la eficiencia en el uso de los recursos existentes en detrimento de medianas y pequeñas empresas.

Por ello, CiU insta al Gobierno a clarificar en la futura normativa de la ley de Contratos de Sector Público, la regulación de la clasificación --y su renovación-- de acreditación de la solvencia técnica o profesional de los sujetos que pretendan contratar con las administraciones públicas.

De esta manera, persigue que dichas administraciones respondan a la capacidad de ejecución de la empresa solicitante mediante recursos propios o ajenos, y a través de la dirección de elementos necesarios de carácter personal, material, económico y técnico.

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