
¡Pistoletazo de salida! A partir de hoy pueden producirse variaciones relevantes en los mercados españoles, ya que entra en vigor una nueva regulación mercantil. De acuerdo con la nueva ley, las compañías cotizadas podrán incrementar su autocartera hasta el 10% del capital, cuando hasta ahora el límite estaba fijado en el 5%.
Ante la llegada de esta fecha, ya se han producido movimientos. Las empresas más sensibilizadas con la defensa de sus títulos ya han puesto en marcha los trámites necesarios para poder acogerse a la nueva regulación. Éste ha sido el caso de la vasca CIE Automotive (CIE.MC) y de la aerolínea Iberia (IBLA.MC), que en sus juntas de accionistas van a aprobar o ya han aprobado las reformas de sus estatutos sociales.
La elevación del límite máximo de autocartera al 10% implica ajustar la legislación española a la vigente en Europa. Esta modificación legislativa supone la adaptación de España a las directivas europeas en materia de sociedades internacionales.
Cambios en el capital
La nueva regulación, por tanto, puede implicar importantes cambios en el mercado. Según los analistas, estos cambios serán positivos si responden a una estrategia de anticipación ante un mercado alcista, con vistas a comprar acciones baratas para su posterior amortización cuando remonten las cotizaciones.
No obstante, según los expertos, esta ley también proporciona más margen de maniobra a los gestores de las compañías para cuidar al valor, incluso en momentos en los que reciba una oferta de compra. Además, en algunas compañías en las que exista poco capital en bolsa, este incremento de autocartera puede estrangular el capital libre en bolsa -free float, en su denominación en inglés-.
La responsable de los cambios que se producirán en la bolsa española es la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, que es la que entra en vigor hoy. El preámbulo del texto pretende adaptar la legislación española a las directivas comunitarias de fusiones transfronterizas y de sociedades internacionales.
Nueva Ley para S.A.
Asimismo, contempla la introducción de otra serie de modificaciones "estructurales" de la legislación mercantil como una solución transitoria hasta que se refundan y armonicen la totalidad de las leyes de derecho de sociedades. Y es en estas medidas en las que se incluyen las modificaciones de la Ley de Sociedades Anónimas que afectan a las sociedades cotizadas.
Con esta regulación se modifica el Artículo 75 de la Ley de Sociedades Anónimas, lo que permite que las sociedades cotizadas puedan elevar su autocartera hasta el 10%. Además, se establece que la junta deberá fijar el baremo de precio máximo y mínimo para la adquisición de las acciones propias. La junta también establecerá el periodo por el que autoriza a los gestores de la sociedad para operar sobre la autocartera, pero dicha autorización no podrá exceder de un periodo superior a los cinco años.