MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros aprobó hoy un proyecto de Ley sobre protección de los animales de producción y para experimentación y otros fines científicos, que persigue garantizar el equilibrio entre su uso y condiciones apropiadas de mantenimiento, que contempla multas de hasta 100.000 euros.
El ámbito de aplicación del proyecto se extiende tanto a las explotaciones, lo que incluye los centros donde se alojan animales de experimentación, como los medios de transporte y de sacrificio.
La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, sostuvo en la rueda de prensa posterior al Consejo que esta iniciativa permitirá que los animales reciban un trato adecuado a su condición de seres vivos sensibles, como reconoce el Tratado de Amsterdam desde 1999.
Este proyecto de Ley, que completa la normativa nacional ya existente en la materia, incorpora al ordenamiento jurídico algunos aspectos de la legislación comunitaria en materia de protección animal al incluir la tipificación de infracciones y sanciones.
Por una parte, establece la obligación de los propietarios y criadores de animales en las explotaciones de asegurar su protección, cumpliendo la normativa sobre las condiciones en que se crían y mantienen, tomando en cuenta su especie y grado de desarrollo, adaptación y domesticación.
También fija requisitos sobre las condiciones y medios de transporte, y sobre aspectos de empresas transportistas, como su autorización, registro, y la formación del personal en materia de protección animal.
Respecto a los animales de experimentación, establece las condiciones mínimas para su cría, mantenimiento y utilización, así como el uso de determinados tipos de animales como perros y gatos vagabundos.
ANIMALES DE COMPAÑIA.
Aunque el ámbito de aplicación se refiere a los animales mantenidos con fines económicos, la prohibición de las actividades consideradas más graves, tales como maltrato, abandono o uso de animales en peleas, se extienden también a los animales de compañía. También es de aplicación lo relativo a su transporte, siempre que éste se realice de forma colectiva.
Para comprobar el cumplimiento de la normativa, serán las distintas Administraciones públicas las que realizarán los controles, así como de las disposiciones de las comunidades autónomas. No obstante, la Administración General del Estado se encargará de las inspecciones sobre la protección en la importación y exportación de animales.
También se contempla la posibilidad de adoptar medidas provisionales de carácter cautelar en casos de grave riesgo para la vida de los animales.
Además, se tipifican infracciones leves, graves o muy graves, dependiendo de los criterios de riesgo o daño para los animales y del grado de intencionalidad, que acarrearán sanciones desde un apercibimiento a multas con importes de entre 600 y 100.000 euros.
LEYES DE SANIDAD ANIMAL Y PUBLICIDAD.
También se modifica la ley de sanidad animal para prever, en la imposición de las sanciones por la comisión de infracciones, la posibilidad de una graduación más proporcional, teniendo en cuenta los casos en los que existe una cualificada disminución de la culpabilidad del imputado.
Igualmente, se modifica la ley general de publicidad, para prohibir la publicidad con animales de forma indebida. Y se contempla, por parte del Ministerio de Educación y Ciencia, un procedimiento excepcional para acreditar la formación y experiencia de los investigadores que trabajan con animales de experimentación.
Por último, con este proyecto de Ley se crea un tasa para compensar los gastos que se derivan del cumplimiento por parte de España del Convenio Internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES).