MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y las comunidades autónomas coincidieron hoy en la necesidad de realizar un proceso de evaluación de las respectivas legislaciones, fundamentalmente en lo que se refiere al régimen de tramitación administrativa para la apertura de nuevos establecimientos comerciales, tras la aprobación de la nueva Directiva de Servicios.
Dicha directiva, que fue firmada ayer, tiene por objeto facilitar el desarrollo de las actividades de servicios en el mercado europeo, facilitando los trámites para la instalación y funcionamiento de las empresas.
La Mesa de directores generales de Comercio se reunió hoy con el director general de Política Comercial, Ignacio Cruz Roche, para analizar el impacto en el ámbito de la distribución comercial de la Directiva de Servicios en el mercado interior.
Aunque el plazo de transposición de la nueva normativa comunitaria y, por lo tanto de adaptación de las legislaciones, es de tres años, hay que realizar una labor previa de evaluación muy compleja, por lo que el Ministerio y las comunidades autónomas ya han empezado a trabajar en este sentido.
Así, uno de los sectores que en términos económicos resulta más afectado por la nueva regulación es el de la distribución comercial, por lo que una representante de la Dirección General de Mercado Interior de la Comisión Europea María Martín Prat asistió a la reunión para exponer y debatir aspectos relacionados con este asunto.
Tras un largo proceso de discusión y debate en el seno del Parlamento y del Consejo Europeo desde enero de 2004, el pasado 15 de noviembre fue aprobada la directiva relativa a los Servicios en el Mercado Interior.
La nueva normativa comunitaria establece que únicamente puede someterse a autorización previa por la Administración la implantación de nuevas actividades si concurre una "razón imperiosa de interés general" que lo justifique, como es el caso de la ordenación territorial o la defensa del medio ambiente.
Además, el nuevo texto señala que los procesos de autorización tienen que ser proporcionados a la defensa del bien que se pretende proteger y no exceder de lo mínimo indispensable.
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