
El empleo de información privilegiada es uno de los peores estigmas que padecen los mercados de valores, puesto que enriquecen a unos pocos y socavan la confianza de los inversores. Se trata de operaciones cuya detección suele ser muy fácil y rápida, por sus efectos contundentes sobre el mercado, pero muy difícil de probar.
La Memoria del la CNMV revela que en 2007 se detectaron más de 92.600 operaciones inusuales, cerca de 310 operaciones diarias que dispararon todas las alarmas del supervisor. Sin embargo, la Unidad de Vigilancia de Mercados investigó únicamente a 639 personas, que finalmente se plasmaron en cuatro únicos expedientes sancionadores. Además, con el fin de impedir el posible enriquecimiento ilícito de los manipuladores, en 2007 se produjeron 83 suspensiones que afectaron a 54 emisores.
Cada día se hace más complicado mantener la información interna de las empresas cotizadas a buen recaudo. Las nuevas tecnologías se alían con los especuladores para hacer más fácil el manejo de información y más complicado el rastreo de la misma. Ahora con un simple lapicero USB es posible manejar una información , que hasta hace unos años hubiese exigido el empleo de miles de folios de papel, algo demasiado visible para pasar desapercibido.
Por ello, existe un acuerdo generalizado en los mercados de que a la CNMV le faltan herramientas de comprobación de estos rastros informáticos en las empresas para saber quienes han tenido acceso a las informaciones y poder comprobar si las fugas de información relevante se han producido por intercesión de personas no autorizadas o si se ha debido a una actuación de quienes están obligados a mantener silencio.
Muchos de los inversores tienen puestas sus esperanzas en que las golfadas con información privilegiada se puedan atajar con la entrada en vigor de la reforma del sistema de supervisión financiera, cuya entrada en vigor se espera para antes de la conclusión de la legislatura y en el que se está planteando que el sistema sancionador no pase por Economía y Hacienda, sino que resida en las propias entidades supervisoras, en la línea con las Comisiones de la Competencia y de Protección de Datos.
Sin estas medidas de autonomía se antoja muy difícil que sea efectiva la próxima reforma del Código Penal, que prevé castigar la difusión de noticias o rumores sobre empresas en las que se ofrezcan datos falsos para alterar o preservar el precio de cotización de un instrumento financiero.
Mayores penas de cárcel
En el futuro articulado se aumentarán las penas de cárcel por uso de información privilegiada, actualmente con un máximo de seis años de cárcel, y los castigos por delitos de manipulación del mercado, castigados con entre seis meses y dos años de cárcel.
Se trata de sancionar de manera ejemplarizante la conducta de quienes, utilizando información privilegiada, realicen operaciones que proporcionen engaños sobre la oferta, la demanda o el precio de instrumentos financieros.
Mientras llegan todas estas medidas, Economía y Hacienda prepara la publicación de una orden y la CNMV dos circulares que tratan de controlar la gestión de la información relevante.
La Orden de Economía, que actualmente está en fase de Audiencia Pública, la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en Materia de Comunicación de Información Relevante. En su articulado se incluyen los criterios para identificar si una información es relevante o no lo es. Y entre ellos destaca la magnitud relativa del hecho en la actividad del emisor y la relevancia de la información en los factores determinantes del precio de los valores emitidos, distinguiendo si se trata de valores de renta fija o de renta variable.
También se apuntan las condiciones de cotización de los valores emitidos por el emisor; el hecho de haber considerado relevante en el pasado información de tipo similar o que los emisores del mismo sector o mercado la publiquen habitualmente como relevante; el efecto en precios de información del mismo tipo difundida en el pasado y la importancia del tipo de información según los análisis externos existentes sobre el emisor.
Complementarias del proyecto de Orden de Economía y Hacienda son las dos circulares que actualmente prepara la CNMV, y que se encuentran en Plazo de Comentarios Abierto. Una se refiere a la actuación para la transmisión de información privilegiada a terceros, elaborada con formato de guía, y la otra aporta los criterios para la gestión de noticias y rumores difundidos sobre valores cotizados.
La primera es un auténtico curso sobre comunicación en la que se explica a los emisores qué son transmisiones de información y cuáles los receptores de la misma. Además, se incluyen medidas organizativas como la elaboración y difusión de reglamentos internos y su actualización periódica; delimitar quiénes son las personas que designen la relevancia de la información ; nombrar un directivo para cada operación que gestione el plan de información privilegiada ; establecer barreras informativas entre departamentos de la misma entidad o confirmar que el receptor de la información dispone de las medidas de seguridad necesarias para mantener la confidencialidad exigible.
Proteger a los denunciantes
Se incluyen, de la misma forma medidas de formación sobre la necesidad de salvaguardar la información privilegiada y denunciar las filtraciones detectadas, incluyendo planes de protección para los denunciantes.
En la primera circular se plantean medidas técnicas (marcar los documentos, guardarlos bajo llave?) e informáticas (uso de claves, evitación de transmitir por medios inseguros?) para evitar que la información circule dentro de los circuitos establecidos. En una línea muy similar se recomiendan medidas de prevención de mala utilización de la información privilegiada con terceros o en las operaciones sobre instrumentos financieros.
Las medidas se complementan con un catálogo de propuestas sobre cómo se debe actuar ante la existencia de rumores o informaciones no contrastadas, que componen el proyecto de la segunda circular de la CNMV. Se les dice a los emisores y a los intermediarios financieros cómo deben analizar las informaciones no oficiales, calificando la importancia del medio y si el profesional es fiable o no. Medidas, a todas luces muy difusas como para poder exigir responsabilidades.
Finalmente, el mayor obstáculo legal lo plantea la Orden de Economía que incluye la prohibición de que los emisores informen a los periodistas y la obligación de identificar éstos las fuentes informativas de las que la obtienen, algo que choca con el derecho a la libertad de expresión. Algo así como si no se pudiese informar sobre política para no dar pistas a los terroristas.