Exponen que no es delito de odio porque no había intencionalidad de daño a víctimas con sus tuits sobre Carrero Blanco
MADRID, 1 (EUROPA PRESS)
El portavoz de BGD abogados Cristóbal Gázquez ha celebrado este jueves la absolución de la tuitera Cassandra por el Tribunal Supremo y ha dicho que se trata de "una victoria en la guerra por la libertad de expresión".
En declaraciones a Europa Press, el letrado ha calificado de "revolucionaria" la sentencia del alto tribunal, que anula la condena de un año de prisión de la Audiencia Nacional por 13 tuits sobre el asesinato del almirante Luis Carrero Blanco, y ha dicho que supone "un cambio radical" que sienta doctrina.
A su juicio, se ha conseguido dar un valor jurídico a la situación personal de Cassandra, una joven estudiante de Historia que tenía 18 años cuando publicó estos mensajes. "Es una persona que nada tiene en contra de Carrero Blanco, simplemente por utilizar expresiones que se han hecho siempre no constituye delito y eso es un límite a la libertad de expresión", ha dicho el letrado.
CHISTES MUY MANIDOS
Considera que, desde un punto de vista objetivo, la tuitera murciana no ha hecho daño con la publicación de sus comentarios porque no había intencionalidad en sus acciones y no se trataba discurso de odio; también porque las expresiones no reflejaban un daño real al tratarse de comentarios "muy manidos, muy hechos".
Al respecto, los magistrados del alto tribunal han recogido en su fallo que se han inventado "innumerables chistes y en casi todos ellos la clave de humor recae sobre el hecho de que el vehículo surcara el espacio y acabara cayendo dentro de un edificio". Por estos motivos consideran que, aunque se trata de expresiones reprochables desde un prisma moral, una sanción penal resulta "desproporcionada".
PRECEDENTES
El letrado ha confesado que el despacho que ha ejercido su defensa no se esperaba este pronunciamiento por parte del alto tribunal ya que el precedente lo constituía la condena de un año de prisión a César Augusto Montaña (César Strawberry) por el delito de enaltecimiento del terrorismo. El cantante había sido juzgado y absuelto por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo corrigió a este órgano y acabó condenándole a un año de cárcel por delito de enaltecimiento.
La tuitera ha conocido la noticia de su absolución a través de los medios de comunicación, según ha contado el letrado que ha explicado que está muy contenta porque puede retomar su objetivo de convertirse en profesora (la condena conllevaba inhabilitación de siete años) y "podrá hacer lo que quiera con su libertad".
Este despacho se encargó de la defensa de Cassandra casi al inicio del procedimiento cuando su abogado de oficio quiso alegar enajenación mental. La joven se puso en contacto con este despacho, que accedió a defenderla desinteresadamente mucho antes del estallido mediático que produjo su caso judicial.
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