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El valor de la certificación UNE 19601

  • Ayudará a las empresas a prevenir delitos y reducir el riesgo penal
  • Los jueces considerarán la certificación una prueba relevante

La reforma del Código Penal (Ley 1/2015) reconoce los modelos de prevención de delitos como instrumentos clave para prevenir y detectar la comisión de conductas contrarias a la Ley en las empresas.

Por su parte, la Fiscalía General del Estado (Circular 1/2016) estableció que las empresas que implanten sistemas de compliance pueden no sólo atenuar, sino incluso ser eximidas de su responsabilidad penal. El art. 31 bis del CP establece los requisitos mínimos de estos modelos.

En este contexto, la Asociación Española de Normalización, UNE, formó un grupo de trabajo con la finalidad de diseñar una norma de sistema de gestión de prevención de delitos, que diera respuesta y concretase en mayor medida los requisitos exigidos por el CP y que a su vez estuviera alineado con los estándares internacionales más avanzados en la materia.

Fruto de estos trabajos, se ha publicado la UNE 19601 Sistemas de gestión de compliance penal, con la participación y el consenso de expertos representativos de los principales grupos de interés del ámbito del compliance penal.

La UNE 19601 establece los requisitos de un sistema de gestión de compliance penal con el objetivo de ir más allá del cumplimiento de la legislación, y ayudar a las empresas y organizaciones a prevenir la comisión de delitos y reducir el riesgo penal y con ello, favorecer una cultura ética y de cumplimiento.

UNE 19601 está estructurada en 10 grandes apartados comunes a los establecidos en los estándares internacionales más avanzados en la materia, lo que facilita su uso, e integración en otros sistemas de gestión como el compliance (ISO 19600) o la prevención del soborno (ISO 37001).

Los requisitos de la Norma UNE 19601 son exigentes. Entre otros se requiere un análisis del contexto y partes interesadas; establecer responsabilidades para los órganos de gobierno, alta dirección y la función de cumplimiento; compromiso con la cultura de cumplimiento; evaluar los riesgos penales; determinar objetivos y planes; formar y sensibilizar; establecer controles generales y específicos (financieros, no financieros, due diligence, a las filiales y a los socios de negocio); incluir cláusulas contractuales o canales de comunicación de incumplimientos e irregularidades, entre otros.

Cumplir con la norma, implica dar respuesta a todos sus requisitos. Una manera de evidenciar este cumplimiento y además trasmitir confianza a las partes interesadas y autoridades judiciales es mediante la certificación por una tercera parte independiente y competente como AENOR.

Las autoridades judiciales considerarán la certificación como una prueba relevante a aportar en caso necesario. Y es que la finalidad de la implantación y certificación conforme a la norma UNE 19601 es la prevención de delitos y reducción del riesgo penal. La Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado pone en valor la certificación como un elemento muy significativo que se considerará, llegado el caso, en la valoración de la eficacia de los modelos de prevención penal y en la exoneración de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Por esta razón, las certificaciones tienen que tener el rigor suficiente para que puedan ser valoradas en sede judicial. El proceso de certificación debe ser realizado por un tercero independiente, con reconocimiento, competente y con la experiencia necesaria para ello.

La certificación genera confianza a las empresas, personas y autoridades judiciales, ya que es realizada por una tercera parte independiente y competente y va más allá del cumplimiento de requisitos legales.

Es una ayuda para acreditar la diligencia debida ante terceros (clientes, autoridades judiciales) y aporta una seguridad razonable en la prevención de delitos y reducción de riesgos penales y de incumplimiento. No garantiza la imposibilidad de comisión de un delito pero si ayudan a reducir en gran medida el riesgo de su materialización y a su prevención, y a que la organización ha hecho todo lo razonablemente posible para prevenir los delitos, y con ello atenuar e incluso exonerar la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Salvador Román es gerente de Governance y Corporate Compliance de Aenor. 

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