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Una interventora avisó que alquilar "banco expropiado" no era interés público

Barcelona, 2 jun (EFE).- Una interventora municipal de Barcelona advirtió al equipo de gobierno del entonces alcalde Xavier Trias (CiU) de que el contrato de alquiler con el propietario del "banco expropiado" de Gràcia para evitar que los okupas fueran desalojados no cumplía con los motivos de interés público previstos en la ley.

En un escrito, al que ha tenido acceso Efe, la interventora municipal adjunta del Ayuntamiento de Barcelona rechazaba, en enero de 2015, los argumentos favorables al alquiler sostenidos por el departamento de Secretaría del consistorio y concluía que los motivos de interés público alegados para acordar el alquiler no se correspondían con lo previsto en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El informe de intervención está fechado el 29 de enero de 2015, justo el mismo día que la misma interventora autorizó la aprobación de la justificación del gasto del contrato, que firmó con efectos a 1 de enero de ese año el entonces primer teniente de alcalde de Barcelona, Joaquim Forn.

La Fiscalía ha abierto una investigación al exalcalde Xavier Trias para averiguar si cometió un delito de malversación por pagar con fondos públicos a la sociedad Antartic Vintatge, propiedad del dueño del local, el alquiler de 65.500 euros anuales del "banco expropiado", ocupado en el barrio barcelonés de Gràcia, para evitar disturbios en caso de desalojo.

El fiscal ha solicitado a la Policía Nacional que recabe toda la información disponible sobre el alquiler de este local, una antigua sede de Caixa Catalunya que estaba abandonada cuando los okupas la tomaron en 2011 y a la que el consistorio también satisfizo en el contrato de arrendamiento el IBI y la tasa de la basura.

La actual alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, rechazó prorrogar el contrato de alquiler, que vencía el 1 de enero de 2016, aunque era prorrogable, al estimar que se hizo un mal uso de fondos públicos, por lo que el promotor reanudó los trámites judiciales para proceder al desalojo del local, que los Mossos ejecutaron el pasado 23 de mayo, lo que desató tres noches consecutivas de disturbios.

En su informe de fiscalización, el servicio de intervención municipal desestima los argumentos favorables al alquiler esgrimidos por el área de Secretaría municipal, fechado el 19 de enero.

En este informe favorable, la Secretaría municipal alegaba que, "desde un punto de vista de oportunidad", al consistorio le interesaba concertar el arrendamiento, para evitar que el desalojo acabara en un "conflicto social" y para garantizar que se mantuvieran activas las actividades que los colectivos del "banco expropiado" hacían para los vecinos.

El área de Secretaría municipal hacía constar que, ante las dificultades de interlocución entre la propiedad y los okupas, se inició un procedimiento de desalojo por parte del dueño, con el riesgo de que el desalojo del local -que el juez ya había ordenado para antes de acabar el año 2014- pudiese derivar en "alborotos, lo que supondría poner en peligro la paz social en el barrio".

"El local conocido actualmente como 'banco expropiado' fue ocupado por varias entidades y se ha convertido en un lugar de encuentro de varias plataformas ciudadanas que forman parte del grupo motor del proceso participativo y del movimiento social del barrio", alegaba el informe favorable.

"El espacio -continúa el informe- acoge la Asamblea de la Vila de Gràcia y el Grupo de Vivienda y Espacio Público, la Red de Alimentos, la Red de Intercambio de Gracia, una tienda de libros y ropa gratis, una biblioteca, cine-fórums, un espacio de crianza, clases de idiomas y una gran variedad de talleres".

Advertía además que era "totalmente inviable" plantearse el traslado de las entidades integradas en el "banco expropiado", pues "en primer lugar, son entidades que están muy arraigadas en el barrio y su tejido social y, en segundo lugar, las consecuencias de desalojo de estos ocupantes podrían acabar en un conflicto social".

En su informe, el área de Secretaría sostenía que la Carta Municipal de Barcelona prevé que el Ayuntamiento pueda promover toda clase de actividades y prestar todos los servicios públicos que afecten al interés general de los ciudadanos y esgrimía la Ley Municipal de Régimen Local de Cataluña, que establece que los entes locales tienen capacidad jurídica para poseer toda clase de bienes.

Por el contrario, la interventora adjunta concluyó en su informe del 29 de enero de 2015 que los motivos de interés público que acreditaba el expediente de Secretaría para realizar la contratación directa el arrendamiento no se correspondían con las circunstancias previstas en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Al día siguiente, una vez que la misma interventora había aprobado la autorización del gasto para el alquiler, el director de Servicios y el director de Patrimonio redactaron un documento en el que también defendían el alquiler.

En este escrito, al que ha tenido acceso Efe, ambos sostenían la Ley de Patrimonio de Administraciones Públicas que alegó la interventora no tenía consideración de legislación básica del Estado y por tanto no era de aplicación directa a los entes locales.

Además, alegaron que las "particulares circunstancias" de la contratación del alquiler "hacen aconsejable proceder a su adjudicación directa, en lugar de abrir un procedimiento abierto mediante el correspondiente concurso", ante el temor a los efectos "colaterales" de un eventual desalojo, que "muy probablemente no habría sido pacífico y habría generado alborotos y desperfectos en la vía pública".

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