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Nóos reabre el debate de la acusación popular: ¿garantía o abuso?

Madrid, 17 ene (EFE).- Si no fuera por Manos Limpias, doña Cristina no se habría sentado en el banquillo. Es la acusación popular del caso Nóos, una figura procesal por la cual cualquier ciudadano puede personarse en un proceso penal y cuyo controvertido papel se ha reavivado con el juicio a la infanta.

Con esta primera causa contra miembros de la familia real, la figura de esta institución, casi única en España, se ha puesto sobre el tapete y las opiniones respecto a su existencia son dispares.

Sus defensores creen que previene de la injerencia del Gobierno en la justicia, mientras que los detractores opinan que obstaculiza los procedimientos y se puede usar con fines poco ortodoxos, como venganzas personales o "figurar" en los medios de comunicación.

Lo cierto es que acusaciones populares como Manos Limpias, UPyD, PSOE, IU o Podemos han impulsado investigaciones de casos de corrupción como Nóos, la familia Pujol, Gürtel, Bankia o las "tarjetas black", pero no todos coinciden en que sean necesarias.

"Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del jurado". Así es como la Constitución garantiza en su artículo 125 las dos maneras que tienen los españoles de tomar parte directamente en la justicia, aunque la primera levanta el debate en las asociaciones de jueces consultadas.

Conrado Gallardo, presidente del Foro Judicial Independiente, cree que tanto la acusación popular como la particular (esta última la encarnan perjudicados por un proceso) son "una anomalía" del sistema penal español, puesto que no existen prácticamente en ningún país de Europa ni del mundo, con excepción de alguno sudamericano.

"Nadie entiende que un particular pueda pedir que te metan en prisión, esta es una particularidad que se reserva al Estado", opina Gallardo.

Se trata de una figura del siglo XIX, cuando, recuerda el magistrado, había una "desconfianza enorme hacia los políticos en general y el control que tenían sobre la Fiscalía", un recelo que no se ha apaciguado en el XXI, por lo que cree que debe mantenerse mientras no se construya una Fiscalía más independiente.

Y si vista desde esa perspectiva es positiva, hay otros casos en los que no queda en tan buen papel. Según Gallardo, la mayoría de las querellas impulsadas por las acusaciones "no tienen fundamento", se acaban archivando y suponen un "castigo" para el imputado, eso si no buscan paralizar el proceso civil paralelo o responden a una venganza personal.

Gallardo cree, sin embargo, que el caso de la infanta "parece apoyar la necesidad de la acusación popular, puesto que es llamativo que el fiscal actúe más de abogado defensor de una de las partes que de fiscal".

En 2007, el Tribunal Supremo dictó una sentencia ahora famosa a raíz de un caso contra el banquero Emilio Botín que limita su acción, de manera que si la Fiscalía o la acusación particular no piden sentar a alguien en el banquillo y solo lo hace la popular, esa persona queda eximida de juicio.

Esta sentencia y otras posteriores del Supremo, según Gallardo, se hicieron para "un ADN muy concreto" y son de difícil aplicación en el caso de la infanta. "Son como un traje hecho a medida, cuando intentas ponerlo a otra persona hay que hacer ajustes".

Si Gallardo defiende su existencia a medias, el portavoz de Jueces para la Democracia, Joaquim Bosch, solo le ve rasgos positivos, tanto como instrumento para que la ciudadanía participe en la justicia como, sobre todo, para frenar a una Fiscalía que responde al principio de jerarquía.

El caso de Nóos, entiende Bosch, es una muestra de un supuesto "peligroso": que un juez de instrucción independiente (en este caso José Castro) encuentre indicios contra una persona, el fiscal decida no acusar y se dejen procedimientos sin juzgar.

Así, solo en el caso de que se cambie la estructura interna de la Fiscalía (actualmente el fiscal general es nombrado por el Gobierno), "sería el momento de reflexionar sobre el papel de la acusación popular", opina Bosch, pero con los casos de corrupción en marcha su limitación "se vería como una medida restrictiva de derechos".

Para el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistatura, Celso Rodríguez, la acción popular no es "imprescindible" en el proceso pero su calado histórico hace que suprimirla sea "una cuestión que no se plantea".

Bajo su punto de vista, esta institución no perjudica las investigaciones ni conduce a retrasos. "Todo depende de cómo se administre".

Raimundo Prado, portavoz de la asociación Francisco de Victoria, recuerda que para evitar la instrumentalización del proceso el juez puede exigir a la acción popular que pague una fianza y también se puede recurrir a una imputación por denuncia falsa.

Para Prado, su existencia "no es buena ni mala", aunque en ocasiones lleva a abusos, como querellas contra jueces o fiscales para presionarlos.

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