
Madrid, 15 oct (EFE).- Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria en la carrera, se ha desmarcado de las críticas del resto de jueces y fiscales al nuevo modelo de instrucción de los procesos penales, pero cuestiona que los magistrados no puedan prorrogar una instrucción sin que lo pida una de las partes.
La APM se ha pronunciado en un comunicado sobre la próxima entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que limita a seis meses el plazo de instrucción de las causas ordinarias y a dieciocho en las complejas, prorrogables a petición del fiscal o, de forma excepcional, por una de las partes personadas.
Las asociaciones judiciales Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente, junto con la Asociación de Fiscales, la Unión Progresista de Fiscales y la Asociación Profesional Independiente de Fiscales, han criticado hoy con dureza esa norma, pues consideran que limitar el tiempo de la investigación provocará "impunidad" de delitos que deberían ser castigados.
La APM se ha desmarcado de ese comunicado conjunto y ha valorado buena parte de las medidas incluidas en la reforma.
Para la asociación mayoritaria, la limitación temporal resulta coherente con los actuales sistemas de garantías, que excluyen que cualquier ciudadano pueda estar sometido a investigación o proceso por tiempo indefinido.
Y no comparte que los plazos "sean radicalmente inadecuados por insuficientes", pero sí critica que siendo un juez el que dirige la investigación la posibilidad de prórroga "se condicione a lo que pida el Ministerio Fiscal y solo el Ministerio Fiscal".
La reforma concede al fiscal la potestad de pedir esa prórroga, si bien plantea que en circunstancias excepcionales y de forma justificada puedan hacerlo las partes personadas en la causa.
La APM critica que el juez no pueda acordar por decisión propia la prórroga y sostiene que esa cuestión genera "suspicacia" en "muchos sectores" por la estructura jerárquica del Ministerio Fiscal, dado que al fiscal general del Estado lo nombra el Gobierno.
De hecho, añade que los jueces no pueden asegurar el "éxito" de las investigaciones por "la empírica dificultad -casi imposibilidad- de que las investigaciones complejas culminen en el plazo inicial de 18 meses y la imposibilidad legal de que los jueces puedan prorrogar por sí mismos el tiempo de investigación inicial"
Se trata de una objeción "esencial y profunda" a la reforma, que no se solventa con la entrada en vigor retrasada que piden las demás asociaciones, "sino con su revisión y cambio".
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