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El arte de los impuestos y el modelo 720

  • La Comisión Europea nos 'tranquilizó' al afirmar que España aseguró que las multas no se impondrían de forma automática
  • El inicio de ese procedimiento de infracción no implicaría la derogación automática de la normativa denunciada
Foto: Archivo

Dijo J.B. Colbert, un ministro de finanzas de Luis XIV, que "el arte de los impuestos consiste en desplumar al ganso de forma tal que se obtenga la mayor cantidad de plumas con el menor ruido posible". Pues bien, cuando está claro que el Fisco nos quiere desplumar más de la cuenta conviene que los contribuyentes (gansos) nos pongamos a hacer ruido, sin esperar ni un segundo.

Por esa razón, en febrero del 2013, nuestro despacho DMS Consulting denunció ante la Comisión Europea la obligación de declarar los bienes y derecho en extranjero (modelo 720), al poco de su entrada en vigor e iniciarse el plazo para presentar la primera declaración. Denunciamos porque estaba muy claro que esa normativa iba a acabar desplumando por completo, o incluso matando, a muchos gansos, a muchísimas personas con patrimonios modestos en el extranjero que podían resultar expropiados. Y porque muchos gansos, sobre todo ciudadanos de la Unión Europea, saldrían volando de España. Nos quejamos e hicimos ruido ante el amo del corral (Comisión Europea) porque esa normativa vulnera claramente sus reglas más básicas, la libre circulación de capitales y personas.

Tras nuestra denuncia, a la que siguieron otras muchas, la Comisión Europea inició una investigación. En diciembre 2014 nos comunicaron sus primeras conclusiones, que valoramos entonces de forma muy positiva porque afirmaron expresamente que se planteaban iniciar un procedimiento de infracción contra España en relación con los dos aspectos más controvertidos de la obligación: la desproporción de las sanciones y la imputación como ganancias de patrimonio no justificadas de los activos no declarados en plazo, sin posibilidad de alegar prescripción.

La Comisión Europea nos tranquilizó al afirmar que las autoridades españolas les habían asegurado que "la imposición de multas no es automática y que se tienen en cuenta las circunstancias objetivas de cada caso concreto y el comportamiento del contribuyente", y que "las sanciones aplicadas en el supuesto de una declaración fuera de plazo realizada por el contribuyente de forma voluntaria son notablemente inferiores a las impuestas en caso de no declaración o declaración errónea".

En todo caso, la Comisión Europea nos pidió que les avisáramos si teníamos pruebas que demuestren que las sanciones impuestas por las autoridades españolas son desproporcionadas. Justamente acaba de terminar una de las primeras inspecciones de la Hacienda española por el Modelo 720 y el resultado para el contribuyente no puede ser más devastador.

A un pensionista que declaró voluntariamente, aunque fuera de plazo, que tenía 340.000 Euros en Suiza -los ahorros de toda una vida, procedentes de periodos más que prescritos- Hacienda le exige 439.000 Euros.

Ya hemos puesto en conocimiento de la Comisión Europea las circunstancias de ese caso, en que Hacienda se olvida de aquellas promesas y aplica sin rubor, y con toda su crudeza, los dos aspectos de la normativa cuestionados por el ejecutivo comunitario: imprescriptibilidad y sanciones desproporcionadas (150 por ciento).

Confiamos en que, con un ejemplo tan claro sobre la mesa, la Comisión iniciará en breve el procedimiento de infracción contra España y exigirá, no una derogación del Modelo 720, que no deja de ser una declaración informativa más, pero sí una modificación sustancial de la misma y de sus consecuencias, para que resulte compatible con el Derecho comunitario.

El inicio de ese procedimiento no implicaría la derogación automática de la normativa denunciada. La normativa y la obligación seguirían vigentes y si España hiciera caso omiso, la Comisión tendría que decidir si recurre ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que sí podría anularla si la considera no conforme con el Derecho de la Unión Europea.

Todo eso llevaría, como poco, entre dos y tres años, aunque el simple inicio del procedimiento de infracción pensamos que ya sería un potente argumento para que los "damnificados" por el Modelo 720 -sean grandes defraudadores, o modestos ahorradores que simplemente olvidaron presentarlo en plazo, como aquel pensionista-, puedan defenderse frente a las brutales sanciones y consecuencias previstas para cualquier incumplimiento.

Incluso, aunque puedan las presiones políticas y la Comisión Europea no inicie ese procedimiento de infracción, pensamos que los afectados por la obligación ya cuentan con argumentos suficientes para impugnar sus posibles consecuencias. Tendrán argumentos de Derecho de la UE -que tiene primacía y efecto directo- y jurisprudencia comunitaria, pudiendo los Tribunales Económico-Administrativos promover cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Y también encontrarán amparo en la propia Constitución española pues las sanciones y consecuencias previstas pueden infringir el principio de proporcionalidad y no confiscatoriedad (artículo 31.1), el de seguridad jurídica (artículo 9.3), etc.

En España, actualmente, el arte de los impuestos es cosa del ministro Montoro, y está claro que se quiere desplumar a muchísimas personas que no informaron en plazo sobre sus bienes o derechos en el extranjero, sin ofrecerles una salida razonable, como las que sí ofrecen Vizcaya y Guipúzcoa.

Muchísimas personas, a quienes se les pasó el plazo por simple desconocimiento, viven verdaderamente aterrorizadas ante la posibilidad de que el Fisco les desplume más de la cuenta e incluso se quede con todo su patrimonio. Para evitarlo, toca seguir haciendo mucho ruido en las instituciones europeas, en los medios y, si no queda más remedio, en los tribunales.

Por Alejandro del Campo Zafra, abogado y asesor fiscal y Socio de DMS Consulting

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