
Sevilla, 22 jun (EFE).- La Fiscalía Superior de Andalucía ha rechazado que se archive la causa de los ERE respecto a los exconsejeros Antonio Ávila, Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo y ha pedido que se remita "sin más dilaciones" al juzgado de instrucción 6 de Sevilla, que comenzó las investigaciones.
En la respuesta a un recurso de apelación presentado por los exconsejeros socialistas, la Fiscalía reitera lo que dijo en mayo pasado respecto a que no se puede archivar la causa y que se devuelva de forma "inmediata" al juzgado.
La Fiscalía sostiene esta postura porque subraya que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) "carece de competencia" para pronunciarse una vez que los políticos dejaron de ser aforados y "porque no ha tenido lugar instrucción alguna".
En su escrito, al que ha tenido acceso Efe, la Fiscalía subraya que los recursos presentados han pretendido "discutir" la devolución de la causa al juzgado una vez perdida la condición de aforados de los tres ex consejeros recurrentes, al que hay que sumar Manuel Recio, exconsejero que no recurrió.
Los recursos de apelación pretendían, según la Fiscalía, que se dictara el sobreseimiento y archivo de la causa en función de consideraciones de fondo relativas a la falta de relevancia penal de los hechos que se imputan a los exconsejeros.
En este sentido, el recurso indica que el marco delictivo establecido en la exposición razonada que la juez Mercedes Alaya envió al TSJA "es tan genérico y abstracto que impide el efectivo ejercicio del derecho de defensa, al partir de la ilicitud de un sistema de ayuda" en el que participaron cientos de autoridades y funcionarios durante diez años (2002-2012).
Los exconsejeros, en su recurso, también sostienen que los hechos que se les imputan "no son delictivos y, en todo caso, carecen de relevancia penal".
Los cuatro exconsejeros dejaron de ser aforados cuando el 16 de abril pasado se constituyó el nuevo Parlamento andaluz tras las elecciones autonómicas del 22 de marzo, recuerda la Fiscalía antes de reiterar que la causa la tramite el juzgado de instrucción.
En el juzgado debe "continuar y desarrollarse la instrucción de la causa con total normalidad", con la imputación de las personas anteriormente aforadas y el establecimiento, o no, de la posible existencia de responsabilidades penales o contables, agrega la Fiscalía.
Si el TSJA hiciera un pronunciamiento sobre el fondo del asunto estableciendo la falta de relevancia penal se actuaría, a juicio del Ministerio Fiscal, de forma "precipitada" y se "vulneraría clamorosamente el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley".
Además, se afectarían a las garantías procesales y derechos de los imputados o personados en la diligencias previas que se siguen en el juzgado 6 de Sevilla, subraya la Fiscalía.
El recurso de los exconsejeros se presentó una vez que en mayo pasado el TSJA rechazara su petición de archivar la causa de los ERE y confirmara la inhibición a favor del juzgado de instrucción 6 de Sevilla.
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