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El arbitraje internacional y Madrid como sede de orden global

Foto: Archivo

Allá por 2008, el Club Español del Arbitraje analizó el posicionamiento de Madrid, como sede de arbitrajes internacionales, comparándolo con el de siete reconocidas sedes, a saber: Ginebra, Londres, Miami, Nueva York, París, Singapur y Zurich.

El informe resultante repasa la legislación, la sociedad y la situación económica de cada sede dividiendo el análisis en: aspectos legales, institucionales, de capital humano y ventajas económicas. Las conclusiones obtenidas no podían ser más halagüeñas: "Madrid es la mejor valorada entre las sedes de arbitraje consideradas. Se estima que ofrece ventajas competitivas en 18 de los 22 aspectos comparados, lo que representa un 82 por ciento".

No obstante, el informe también refleja los puntos débiles y muestra tres vías de mejoría: (i) adoptar una posición de liderazgo en el mercado latino americano al igual que Singapur ha hecho en el mercado asiático; (ii) promocionar la proyección internacional de los despachos, abogados y árbitros locales y (iii) tender a la unificación de los reglamentos de las cortes de arbitraje madrileñas.

Pues bien, fijadas esas tres vías de mejoría, y siete años después de la elaboración de aquel informe, parece que se han dado pasos en la buena dirección. Madrid ha obtenido en los últimos meses un impulso potencialmente decisivo para (i) adoptar esa posición de liderazgo en el mercado latino americano. En octubre de 2012, en Brasilia, se adoptó el acuerdo para la constitución del Centro Iberoamericano de Arbitraje (Ciar). En ese acuerdo se especifica que el Centro se orientará a la resolución de los conflictos que involucren a "cualquiera de los veintidós países que integran la Conferencia Iberoamericana". Nace por lo tanto, una corte arbitral con alma global y con el objetivo de adquirir la relevancia internacional de la CCI en París o la 'London Court'.

Pero la circunstancia realmente positiva para Madrid llega más tarde. En la reunión constitutiva del Ciar, celebrada en marzo de 2015, se adoptó el acuerdo de que el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid albergue su Secretaría General. La capital se encuentra así en disposición de competir a nivel internacional con París, Londres, o la propia Miami.

La potencialidad de este nuevo centro no puede ser más prometedora. Ahora bien, este punto de partida no va a materializarse automáticamente en resultados. El esfuerzo a partir de ahora deberá ser intenso.

En el plano de la (ii) proyección de despachos, abogados y árbitros también se aprecian movimientos positivos, si bien, menos notables que en el punto anterior. El informe del Club Español del Arbitraje se basó en la guía Chambers Global para categorizar el prestigio y proyección de los despachos, abogados y árbitros españoles.

Recientemente, Chambers ha publicado la guía para este año. En el top 50 a nivel mundial, no consta ningún despacho de abogados español. Ahora bien, dado que ese ranking se basa en datos cuantitativos -principalmente número de abogados clasificados en los subapartados- tiene sentido que para las firmas españolas, que no destacan por su tamaño, sea complicado acceder a ese top 50.

En el listado regional Europe Wide, del mismo Chambers Global, en su sección Arbitration (International), tampoco aparece ningún despacho de abogados español. Sin embargo, en el apartado Ranked Lawers, en el que se clasifica a los individuos, independientemente de la firma en la que ejerzan su actividad, sí aparece un representante de España. Esto significa que de entre los abogados especializados en arbitraje internacional de toda Europa, España cuenta con un embajador.

Respecto a los árbitros españoles, los datos invitan más al optimismo. En la categoría Europe Wide para Arbitration (International): Most in Demand Arbitrators, tres de los primeros 15 árbitros incluidos son españoles.

En definitiva, los árbitros españoles sí gozan de gran prestigio internacional y los abogados especialistas en el sector también, aunque en menor medida. Son las firmas nacionales las que tienen un amplio margen de mejoría en este apartado.

Respecto a la (iii) unificación de los Reglamentos de las Cortes también ha habido en los últimos meses pasos de acercamiento. En concreto, han entrado en vigor recientemente los nuevos reglamentos de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid (CAM) y de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (Cima). Ambos han introducido reformas, más o menos radicales, que recogen las últimas tendencias del arbitraje internacional.

Esas modificaciones han supuesto cierta convergencia entre los reglamentos de las principales cortes sitas en Madrid. Así por ejemplo, a día de hoy, tres de las principales cortes -Corte de Arbitraje de Madrid, Corte Civil y Mercantil y Corte Española de Arbitraje- regulan la institución del árbitro de emergencia. Esto muestra que sí se están dando paso hacia la obtención de ese objetivo de "unificación y actualización de los reglamentos de las cortes de arbitraje de la Comunidad de Madrid" si bien aún hay margen de mejoría.

En conclusión, el camino seguido hasta ahora parece ser el correcto, no obstante, los esfuerzos deben continuar en esta dirección. Tal como el pasado 22 de abril se pronunció Carmen Sánchez, secretaria de Estado de Justicia, "hay que seguir apostando por el arbitraje, ser ambiciosos y construir marca España con él".

Por José María Figaredo Álvarez-Sala. Abogado y economista en González-Bueno & Asociados.

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