Ecoley

El Supremo archiva por prescripción la causa contra el presidente cántabro

Foto:Fernando Villar

Tribunal Supremo ha archivado al considerar que la causa ha prescrito, el caso del presunto delito de cohecho contra el presidente de Cantabria, Ignacio Diego (PP), y el consejero autonómico de Obras Públicas Francisco Javier Rodríguez Argüeso relacionado con su estancia en un balneario de Oviedo en agosto de 2010, que fue pagada por Aquagest, una empresa investigada en el caso 'Pokemon'.

El ponente del auto, el magistrado Marchena Gómez, destaca que no existen indicios de que el posible regalo o dádiva fuera realizado por la empresa en atención a un acto concreto de los políticos, a su capacidad de influencia o decisión o a su condición de diputados. "

En los hechos expuestos no se describe ningún acto individualizado de los aforados que guarde relación con el pago de su estancia en el hotel", dice.

En este sentido, destaca que la exposición razonada enviada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo -que instruye el 'caso Pokemon- no aporta este tipo de indicios, algo que exigía el tipo penal en el momento en el que ocurrieron los hechos para la comisión de un supuesto cohecho no vinculado a un concreto acto u omisión de un cargo público, sobre lo cual tampoco existen indicios.

"No existen indicios de la relación causal exigida por el tipo penal, más allá de la realidad evidente de que los aforados eran cargos públicos cuando se les pagó la estancia en el hotel", prosigue el auto, de 2 de febrero de 2015, para dejar claro que, en cualquier caso, un hipotético delito de cohecho regulado en el artículo 426 del Código Penal "estaría prescrito".

La Sala Segunda recuerda que ese delito prescribía a los tres años, y que, aun cuando se pretendiera fijar la interrupción de la prescripción en la fecha de la exposición razonada de la juez de Lugo --noviembre de 2014--, habrían transcurridos más de tres años desde la estancia de ambos políticos en el balneario.

Adjudiciaciones administrativas

Según la exposición razonada remitida por el Juzgado de Lugo, la empresa Aquagest, con "relevantes" intereses en Cantabria, desarrollaba presuntamente una política empresarial, según la cual sobornaba a autoridades políticas y funcionarios con el objetivo de lograr adjudicaciones de las Administraciones Públicas.

Una de sus prácticas consistía en agasajar a los mismos con regalos, viajes y estancias en hoteles de lujo, como el hotel 'Las Caldas Villa Termal', ubicado en Asturias.

En ese contexto, la compañía abonó la estancia en ese hotel de lujo de los entonces presidente y portavoz del PP cántabro y diputados autonómicos desde el 13 hasta el 16 de agosto de 2010. El pago fue efectuado el 29 de agosto de aquel año.

Para el Supremo, que ha archivado la causa con el visto bueno de la Fiscalía, "se desconoce si el pago se realiza en contraprestación a la realización u omisión de algún acto, o en consideración al cargo". Así las cosas, se ha declarado competente para estudiar este asunto y ha decidido decretar el archivo de las actuaciones.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky