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El Gobierno reduce la demora en el pago de salarios de tramitación tras juicios por despido improcedente

El Consejo de Ministros ha simplificado el procedimiento para reclamar al Estado los salarios de tramitación en los juicios por despido improcedente con el objetivo de reducir demoras en el abono de estas cantidades. Ha encomendado su instrucción a las áreas de empleo de las Delegaciones de Gobierno y su resolución al Ministerio de Justicia.

MADRID, 6 (EUROPA PRESS)

A propuesta de los ministros de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, se ha aprobado este viernes un real decreto que modifica el procedimiento administrativo a seguir en las reclamaciones al Estado por salarios de tramitación.

El trabajador tiene derecho a percibir este sueldo cuando su despido ha sido declarado improcedente y el empresario opta finalmente por su readmisión.

La cuantía total equivale a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declara la improcedencia o hasta que el trabajador haya encontrado otro empleo, si la colocación es anterior a la resolución judicial.

En caso de que la sentencia que declara la improcedencia del despido se dicte pasados más de 90 días hábiles desde la presentación de la demanda, el empresario obligado a pagar los salarios de tramitación puede reclamar al Estado el abono de la cantidad correspondiente al tiempo que exceda ese periodo. En caso de insolvencia provisional del empresario el propio trabajador despedido podrá efectuar la reclamación, según ha informado el Ministerio de Justicia.

El real decreto otorga la instrucción del expediente hasta la propuesta de resolución se llevará a cabo en las áreas de empleo de las Delegaciones del Gobierno.

La propuesta de resolución de cada expediente se remitirá a los servicios centrales del Ministerio de Justicia, que será el competente para la resolución efectiva y la aprobación del correspondiente gasto que haga efectivo el pago de los salarios de tramitación reclamados.

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