El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dará a conocer mañana su sentencia sobre el recurso presentado por un ciudadano de Sevilla víctima de un accidente de tráfico a quien detectives de una aseguradora grabaron sin su consentimiento montando en moto. El vídeo se utilizó en su contra durante la vista por reclamación de daños que el hombre interpuso alegando sufrir una lesión neurológica que le impedía conducir.
MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
El reclamante, José Luis de la Flor Cabrera, considera que la actuación de los tribunales al aceptar contra él esta prueba que fue realizada sin su consentimiento vulnera el artículo 8 del Convenio europeo de derechos humanos, que protege la privacidad y el derecho a la propia imagen.
De la Flor Cabrera fue atropellado en 1997 por un vehículo mientras circulaba en bicicleta y reclamó daños y perjuicios por las consecuencias que sufría desde el golpe, en concreto la lesión que le impedía conducir. Durante la tramitación de esta reclamación la compañía de seguros aportó un vídeo -registrado por detectives privados- en el que podía verse a este vecino conducir en motocicleta.
La Audiencia Provincial de Sevilla consideró válida la prueba al entender que las circunstancias que rodearon las grabaciones no interfirieron en la conducta del reclamante y eran justificadas respecto al objetivo perseguido por la compañía de seguros.
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