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Tribunal Constitucional de Perú rechazó traslada de terroristas a penal común

Lima, 9 abr (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) de Perú rechazó hoy que cuatro excabecillas terroristas que purgan prisión en la Base Naval del Callao sean trasladados a un penal común, tal como había ordenado la Corte Superior de Justicia de Lima.

El TC declaró fundado, en parte, el recurso de agravio constitucional interpuesto por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) en contra de la sentencia emitida por la Quinta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior, informó el Tribunal Constitucional en una nota de prensa difundida hoy.

La sala de la Corte Superior había ordenado el traslado a una cárcel ordinaria de los excabecillas del Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA) Víctor Polay Campos, Peter Cárdenas Schulte y Miguel Rincón Rincón, y del exlíder de Sendero Luminoso Óscar Ramírez Durand, cuatro de los siete internos que permanecen en la Base Naval del Callao.

El TC declaró improcedente la demanda interpuesta por los sentenciados en lo referido a que, según ellos, no existe un director en el penal de la Base Naval y también respecto a la falta de competencia de las Fuerzas Armadas en la administración de ese centro de reclusión.

Los magistrados del Constitucional también declararon infundada la demanda en lo referente al régimen de visitas y a la progresividad en el tratamiento penitenciario, es decir, a la posibilidad de que éste vaya cambiando a un régimen con menores restricciones.

El TC afirmó que no existe un derecho fundamental a la progresividad, para que el régimen penitenciario vaya cambiando hacia uno con más o menos restricciones según las evaluaciones de la conducta del interno, sino más bien se trata de una opción dentro de lo constitucionalmente posible para lograr el fin de la reintegración social.

En el caso de las visitas, el TC determinó que las restricciones se justifican en la medida de la alta peligrosidad de los internos y que no son de tal magnitud que anulen por completo el ejercicio de este derecho.

Las visitas para los sentenciados por terrorismo en la Base Naval están limitadas para los parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad, y otras personas que no sean familiares pero que tengan la autorización del Comité Técnico del INPE.

El Tribunal sí declaró fundado el punto en la demanda referido a que los internos no recibían ningún tipo de educación en el penal y ordenó al Poder Ejecutivo modificar el reglamento de ese centro de reclusión para que se les permita estudiar.

Tras conocerse la decisión del TC, el jefe del INPE, José Luis Pérez, consideró que "se ha hecho justicia" y agregó: "con este recurso estamos sentando una doctrina jurisprudencial, no solo para delitos de narcotráfico, sino también para terrorismo".

En unas declaraciones a la emisora RPP Noticias, Pérez dijo que si el INPE aceptaba el traslado de los terroristas a otra prisión podían haber solicitado lo mismo el fundador de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán o el exasesor de inteligencia Vladimiro Montesinos, presos también en la Base Naval del Callao.

"Hay que ver la proporcionalidad de la peligrosidad y la seguridad en los penales. A presos de extrema peligrosidad corresponde un centro de reclusión de extrema seguridad", apuntó.

El presidente del Consejo de Ministros, René Cornejo, también señaló que el fallo del Tribunal Constitucional (TC) "da tranquilidad y constituye una señal correcta" para la ciudadanía.

Cornejo sostuvo que en el Gobierno existe "cero tolerancia" frente al terrorismo, así como una lucha frontal contra este delito y la decisión de no dejarle un espacio libre.

El presidente del Congreso, Freddy Otárola, expresó, por su parte, su satisfacción por la sentencia del TC que, en su opinión, "ha rectificado un error que podría perjudicar la lucha contra la delincuencia terrorista".

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