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Los Registradores presentan una alternativa a la demarcación

Edificio de los Registros en Madrid. Foto: eE.

El Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles ha elaborado un documento previo en el que analiza la propuesta de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) para la revisión total de la demarcación registral.

Según ha podido saber Iuris&Lex, la revista jurídica digital de elEconomista, la Junta de Gobierno considera que "no es ni necesario ni conveniente para el servicio público proceder al cambio radical en el sistema de organización registral, mediante la agrupación de los registros de una misma población y que la supresión de registros no debería supeditarse sólo a criterios de volumen de documentación, los cuales deberían rebajarse".

En su propuesta alternativa, se plantea que con independencia de que los Registros de la Propiedad puedan ser legalmente unipersonales o pluripersonales se mantenga como regla general la unipersonalidad, dejando la pluripersonalidad para los Mercantiles que requieran más de un registrador o para los de la Propiedad que se deban dividir por razones de servicio público. En la medida en la que sean viables, losMercantiles deben hallarse separados orgánica y funcionalmente de los de la Propiedad.

Más criterios para decidir

En cuanto a los criterios cuantitativos mínimo y máximo, propone considerar diversas exigencias, como la planta de oficinas registrales, la consideración de todos los costes fijos y, por lo tanto, inevitables; los incrementos de productividad posibilitados por las inversiones tecnológicas, tanto las colegiales como realizadas por cada oficina, etc.

Entiende que no debería suprimirse ningún Registro de los actualmente existentes si superan los 1.200 documentos al año (frente a 1.800 propuestos por la DGRN), y debiera fijarse como límite máximo para la creación de nuevos Registros de la Propiedad el de 8.000 documentos, siguiendo el criterio de la Orden de 29 de julio de 1997.

Aboga por reducir los Registros suprimiendo los que hayan resultado inadecuados, insuficientes y carentes de viabilidad para el servicio público. "Hay un número excesivo de Registros. Ello se debe a la demarcación del año 2007, a la profundidad y duración de la crisis inmobiliaria y a la progresiva configuración de una nueva economía en la que el peso del sector inmobiliario, previsiblemente, se situará en el entorno de la media europea, es decir, en el entorno del 5-6 por ciento del PIB, muy lejos del 16 por ciento, que llegó a alcanzar durante los años de la denominada burbuja inmobiliaria", añade.

Por ello, propone que los demarcados en virtud del Real Decreto 172/2007, que no han sido efectivamente creados se supriman y reagrupen al Registro o Registros de los que procedían, al igual que los creados después del 2007, cubiertos en principio, pero que quedaron vacantes por suinviabilidad.

Los de la Propiedad que no superen un mínimo de 1.200 documentos presentados anualmente, siempre que sean oficinas registrales con la plaza vacante y no haya sido cubierta en dos promociones consecutivas del cuerpo de aspirantes, si se encuentra en una población en la que haya otros, se deberían reagrupar a su Registro matriz.

Recomienda la Junta de Gobierno que los registros de poblaciones sin otras oficinas registrales subsistan, si bien servidos en régimen de titularidad por el encargo del registro más próximo por el del Registro matriz del que provengan.

Y, el número de depósitos de cuentas para el Registro Mercantil no lo considera un criterio decisivo por sí solo. Habría que considerar que determinado tipo de sociedades generan mucho más demanda de servicios registrales que otras y el número establecido de 13.000 cuentas depositadas debería referirse a las del último ejercicio cerrado.

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