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Un juzgado de Madrid rechaza asignar una pensión de alimentos a Díaz Ferrán

El Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid ha rechazado asignar una pensión de alimentos al ex presidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán y a su esposa al entender que sus "necesidades mínimas" están cubiertas.

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

Este Juzgado, que declaró en concurso necesario de acreedores a Viajes Marsans, explica que "solo en aquellos casos en los que el deudor con los bienes y percepciones inembargables, de los que puede disponer libremente, no pueda atender a sus necesidades mínimas, es cuando podrá reconocérsele alimentos con cargo a la masa activa" para impedir que esta disminuya en perjuicio de los acreedores.

En el auto, la juez desestima la petición formulada por el que fuera jefe de la patronal tanto para él como para su esposa, también en concurso, ya "está garantizado debiendo la Administración Concursal proceder a hacerlo efectivo".

Defiende que la solicitud de Díaz Ferrán debe ser analizada en relación a la actual fase concursal e invoca la ley para señalar que la "apertura de la liquidación producirá la extinción del derecho de alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuera imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge".

En este sentido, debe valorarse que el deudor no pueda costearse sus necesidades con los recursos ajenos a la masa activa y concluye que solo cuando sea así podrán reconocérsele "alimentos con cargo a la masa activa".

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