
La Audiencia Nacional ha otorgado, en su sentencia de 5 de junio de 2013, unos amplísimos efectos al contenido literal de las condiciones que se contemplen en el acuerdo que se firme entre empresa y trabajadores en el marco de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
En concreto, en el fallo asegura que es válido el acuerdo firmado en el marco de un ERE que señale condiciones económicas distintas para los trabajadores que continúen en la empresa de aquellos que pasen a otra empresa del grupo empresarial.
En el caso, se pretendía que se declarara que los trabajadores que pasaron de una empresa a otra del grupo, y que tenían derecho a un complemento personal por la diferencia entre su salario de origen y el de destino -en virtud del acuerdo alcanzado en el marco de un ERE- vieran previamente incrementado aquel salario de origen en un 3,5%. Una solicitud motivada en que dicho incremento era el que el acuerdo estableció para los trabajadores que, tras la iniciación del ERE, continuarán prestando sus servicios en la empresa.
Alternativas "excluyentes"
La ponente de la sentencia, la magistrada de la Audiencia Nacional San Martín Mazzucconi, rechaza sin embargo la pretensión de los trabajadores finalmente trasladados "puesto que el incremento reclamado se contempla en el citado acuerdo sólo para quienes optaran por permanecer en la empresa de origen".
Lo cierto es que, asegura en su sentencia, el acuerdo logrado entre trabajadores y empresa en virtud del ERE, plantea dos escenarios distintos que "procura deslindar perfectamente" y que, para San Martín, son "alternativos y excluyentes".
Así, en relación a los trabajadores que dejan de prestar servicios en la empresa de origen y pasan a hacerlo a otra del grupo "les reconoce un complemento por la diferencia entre su salario de origen y el de destino, actualizándose anualmente desde el momento del traslado conforme a los incrementos que contemple el convenio vigente en la empresa de destino".
Por su parte, "en cuanto a los trabajadores que no se acogen al traslado, se les reconoce el derecho a que sus salarios se ven incrementados en la misma proporción en la que se fije en el convenio de la empresa de destino, en concreto, un 3,5%".
De ahí que asegure que "o se tiene derecho a mantener el salario de origen incrementado al 3,5%, o se tiene derecho al complemento ad personam entre el salario de origen y el de destino, actualizado anualmente". El acuerdo, concluye, "no contempla una combinación de las dos opciones, como se pretende en la demanda para los trabajadores que, una vez autorizado el ERE, se acogieron al traslado".