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Justicia reagrupará a los registradores con la Ley de Emprendedores

Foto: Archivo.

La Ley de Emprendores, como ya ha ocurrido con otros textos legislativos, introducirá cambios no sólo en la materia a la que se ajusta su enunciado, sino que extenderá sus efectos a parcelas como la organización de los registros de la propiedad.

La norma, que se debatirá durante estas semanas en el Congreso para quedar aprobada antes de que comience el mes de agosto, faculta e insta al Ministerio de Justicia a que determine, mediante un Real Decreto, "el número de registradores que estarán a cargo de cada registro de la propiedad, en régimen de división de personal".

El texto da así la llave al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, para reagrupar registradores, en un primer paso para modificar el mapa actual y concentrar la actividad.

Los propios registradores, en su última asamblea -celebrada en Zaragoza a mediados del pasado mes de abril-, rechazaron esta previsión, que se introdujo inicialmente en el articulado del Borrador del Anteproyecto de Ley de Reforma Integral de los Registros, que modifica, en este sentido, el artículo 274 de la Ley Hipotecaria. En aquel texto, que aún se encuentra en fase de borrador, se introdujo la reunificación de todos los Registros de la Propiedad y Mercantiles en capitales de provincia, ciudades autónomas y en los casos en que sea conveniente por razón de interés público, en un Registro único, servido por dos o más registradores en régimen de división personal.

La justificación de ese redimensionamiento se encuentra precisamente, según la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), en la atribución a los registradores del Registro Civil, repartiendo solidariamente la carga que la llevanza del Registro Civil comporta. Una carga que, por otro lado, también rechazó el sector en la misma asamblea.

Además, según la Dirección, esta fórmula permitiría mejorar la calidad del servicio, sustituyendo cercanía por disponibilidad y accesibilidad, sea cual sea la distancia física, aprovechando al máximo las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías y telecomunicaciones y optimizando los recursos fijos de los Registros.

Gestión informatizada

Siguiendo con la idea de aprovechar las nuevas tecnologías, la Ley de Emprendedores también avanza en materia de procedimientos online. Así, se prevé podrán realizar por vía telemática, a través del Punto de Atención al Emprendedor, "todos los trámites administrativos necesarios para el cese de la actividad de empresarios individuales y para la extinción y cese de la actividad de sociedades mercantiles. Ello incluye la inscripción en el Registro Mercantil de la disolución de los liquidadores o del cierre de sucursales. También se podrán conceder poderes electrónicamente.

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