
El Ministerio de Justicia ha abierto la fase de información pública para la Propuesta de Código Mercantil elaborada por la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación, que antes de que concluya la actual legislatura entrará en vigor, tal y como ha informado el ministro Alberto Ruiz Gallardón, en la presentación pública del texto el pasado jueves 20 de junio. Siga leyendo gratis esta y otras noticias en 'Iuris&Lex'
Se trata de un Código que consta de siete Libros y un Título Preliminar y que se divide en un total de 1.945 artículos, elaborado por 65 especialistas, entre los que destacan profesores como Sánchez Calero, Rojo, Paz-Ares, Gispert, Gallego, Vergez, Iglesias, Duque o Roldán, siguiendo la tradición de la moderna Escuela de Derecho Mercantil (fundada por los profesores Joaquín Garrigues y Rodrigo Uría), bajo la dirección del profesor Alberto Bercovitz.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha mostrado su deseo de que entre en vigor antes de que acabe la actual legislatura, en noviembre de 2015. Por ello,el objetivo que se ha propuesto es que el texto esté listo en junio de ese año. La fase de información pública se mantendrá hasta finales de 2013 y en 2014 se tramitará en el Parlamento.
El contenido del Código se basa en la unidad de mercado en España, que dependerá del Estado, y no es totalmente nuevo, puesto que incluye normas en vigor, que sufren escasos cambios, como las normas sobre contabilidad, el contrato de agencia o los contratos publicitarios.
Sin embargo, la mayor parte del Código incluye la regulación de materias que carecían de normativa aplicable y que, por lo tanto, constituyen una novedad en el ordenamiento jurídico. Así, por ejemplo, es nueva la regulación sobre la empresa ylas operaciones que ésta realiza, la representación, la competencia desleal yla defensa de la libre competencia, la inclusión de varios artículos sobre la propiedad industrial y los distintos tipos de contratos, como son los de distribución, suministro, franquicia, mediación, contrato de obra por empresa, prestación de servicios mercantiles, operaciones sobre bienes inmateriales, turísticos, prestación de servicios electrónicos, contratos bancarios y financieros y de operaciones en el mercado de valores. Siga leyendo gratis esta y otras noticias en 'Iuris&Lex'