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El Supremo español devuelve al banco central opción de inhabilitar a un ejecutivo del Santander

Madrid, 12 feb (EFE).- El Tribunal Supremo español decidió hoy que los antecedentes penales del consejero delegado del Santander, Alfredo Saénz, deben contar con todos sus "efectos administrativos", lo que devuelve al Banco de España la decisión de si debe ser inhabilitado en el cargo.

El Supremo falló hoy que el anterior Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero se extralimitó en sus funciones cuando, al indultar a Sáenz estableció que no le podía afectar ningún "impedimento para ejercer la actividad bancaria".

En la práctica, esa decisión suponía que la existencia de antecedentes penales no afectaría a su honorabilidad como banquero y por tanto no tendría que ser inhabilitado por el Banco de España.

Según las leyes españolas, toda persona con antecedentes penales carecerá de la "honorabilidad profesional" necesaria para ejercer la actividad bancaria.

Ahora, el Tribunal Supremo ha fallado de manera unánime que la posibilidad de indultar de la que dispone el Ejecutivo no le faculta para eliminar los antecedentes derivados de la condena penal, según confirmaron fuentes del Tribunal.

La decisión anula los efectos administrativos del indulto que inhabilitaban a Sáenz ejercer como banquero, pero mantiene el indulto sobre su parte penal, es decir, el arresto de tres meses al que fue condenado.

El recurso, presentado en nombre del banco Banesto, se interpuso contra los dos reales decretos del anterior Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero indultando, en los términos ya citados, a Sáenz y a Miguel Ángel Calama (también directivo del Banesto en el momento de los hechos por los que fueron originalmente condenados).

Según la normativa actual, Sáenz podría ser inhabilitado de manera automática por la existencia de antecedentes penales, aunque podría evitarse si sale adelante en proyecto actual de Real Decreto.

Según la nueva norma, la inhabilitación no será automática, sino que el Banco de España deberá tener en cuenta otros factores a la hora de valorar si un condenado puede o no formar parte del consejo de administración de una entidad financiera.

En marzo de 2011, el Supremo condenó al consejero delegado del Banco Santander a tres meses de prisión y de inhabilitación para ejercer funciones en banca por un delito de acusación falsa contra unos deudores de Banesto, entidad que presidió tras ser intervenida en 1993.

Alfredo Sáenz es el único de los condenados por el Supremo por ese caso que continúa desempeñando un cargo en banca.

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