
Madrid, 19 nov (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 20 años de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional a dos miembros del "comando Bolueta" de ETA -Ángel López Anta y Xabier Zabalo Beitia- por el intento de asesinato del edil del PSE de Arboleda (Vizcaya) Martín Martínez, el 22 de enero de 2001.
En esa misma sentencia fue también condenado a 20 años de prisión el exjefe del aparato militar de ETA Francisco Javier García Gaztelu, "Txapote", aunque éste no recurrió ante el Supremo.
En la vista de los recursos, la defensa de Zabalo alegó que no podía ser condenado por conspiración para el asesinato porque él se limitó a preparar el coche que iba ser utilizado en el atentado sin saber qué fin se le iba dar, por lo que argumentó que no se le podía hacer responder del propósito de quienes recogieron el vehículo.
Para el Supremo "esa forma de razonar ofende el sentido común" porque "quien está integrado en una organización criminal como es ETA y recibe el encargo de preparar un coche con un fuerte explosivo" para un comando debe saber que "es más que probable que se busque no solo causar daños y destrozos a bienes sino también la muerte de personas".
Además el "desistimiento" a cometer este atentado "fue consecuencia de algo no previsto ni querido por los acusados", ya que la víctima escogida, "y con cuya vida querían acabar, realizó un trayecto distinto que desbarató los planes iniciales".
También entiende el Supremo, en contra de lo alegado por los dos recurrentes, que existen suficientes elementos corroboradores de la declaración de otro integrante del comando, Oscar Calabozo, que inculpó a López Anta y a Zabalo Beitia en estos hechos.
Según la declaración de Calabozo, "Txapote" le suministró el coche que Zabalo preparó para el atentado con un artefacto explosivo compuesto por 60 kilos de explosivo industrial a base de nitrato amónico.
Sin embargo, Zabalo, Anta y Calabozo no pudieron localizar al edil y, tras intentar utilizar el coche-bomba contra la compañía "Seguros Bilbao", desistieron de su propósito y lo dejaron frente a un bloque de viviendas dando previo aviso al diario Gara y a la Asociación de Ayuda en Carretera (DYA).
Como elementos corroboradores de la declaración de Calabozo, constan las huellas de Zabalo en el artefacto explosivo y en el periódico que dejó en la bandeja trasera del vehículo para que sus compañeros lo identificaran.
En cuanto a López Anta, lo que le sitúa en ese comando es un escrito suyo, calificado de "cantada", referente a que la campaña de 2002 coincidía con el aniversario de Bolueta, el barrio bilbaíno en el que explotó la bomba que cuatro etarras transportaban en un coche.
Según la sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente Antonio del Moral, este dato "es suficiente para servir de mínimo complemento necesario para que la convincente y detallada imputación" hecha por Calabozo "se convierta en base suficiente para la condena dictada por la Audiencia Nacional".
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