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Pedraz enmarca el 25S en la libertad de expresión ante la "decadencia" política

Madrid, 4 oct (EFE).- El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, en el auto en el que ha archivado la causa contra los promotores del 25S, argumenta que la convocatoria "Rodea el Congreso" se enmarca en el derecho a la libertad de expresión, "máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política".

Para el magistrado, convocar una manifestación bajo los lemas de "rodear o permanecer de forma indefinida" frente al Congreso para exigir un proceso de destitución o dimisión del Gobierno "en modo alguno puede ser constitutivo de delito".

Añade que dicho delito, no sólo no existe en nuestra legislación, sino que de existir atentaría claramente al derecho de libertad de expresión.

Santiago Pedraz abunda en esta idea al señalar: "hay que convenir que no cabe prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que éstas se alejen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional, ni, menos aún, de prohibir la expresión de opiniones subjetivas sobre acontecimientos históricos o de actualidad, máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política.

Un argumento que considera respaldado con la actuación de la propia delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, que -recuerda- "tomó conocimiento, esto es no prohibió, de lo que pretendía la convocatoria, indicando además la forma de hacerlo".

El magistrado, que, al no ver ningún delito, ha archivado la causa contra los ocho convocantes de la manifestación el 25S, realiza también una serie de reproches a la Policía, a la que atribuye "excesos" en su actuación respecto a las imputaciones de los detenidos en la manifestación.

Así, recuerda que "en ningún modo" el juzgado central de instrucción número uno de la Audiencia Nacional, del que es titular, "acordó" aceptar o rechazar competencia alguna respecto a los 35 detenidos por los incidentes ocurridos en la manifestación, "sencillamente porque nadie se lo ha planteado".

En este sentido, indica que es la Policía la que tiene que poner a los detenidos a disposición del juzgado que corresponda, teniendo en cuenta el delito cometido.

"Lógicamente, si a ninguno se le imputaba un delito competencia de la Audiencia Nacional habría de ponerlo a disposición del juzgado del lugar en que se hubiere cometido", reitera.

Además, indica que si la unidad policial entendía que sus diligencias habían de ser asumidas por la Audiencia Nacional, "no se comprende por qué no presentó las mismas -con los detenidos- ante este tribunal y no otro.

También censura la actuación posterior de la Brigada Provincial de la Policía, que -según dice- no puede ahora imputar a 5 de los detenidos delito alguno o hacer nuevas valoraciones de los hechos ante la Audiencia Nacional, ya que los arrestados dependen exclusivamente del juzgado de instrucción de Madrid, que debe ser quien decida sobre la competencia.

"De ninguna forma, la unidad policial puede 'sustraer' unos hechos concretos imputados a personas concretas que son conocidos por un juzgado para que otro juzgado conozca de ellos, pues constituye claramente un exceso en las funciones propias de la policía judicial", afirma.

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