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La prisión permanente revisable trae polémica

Foto: Archivo.

Un endurecimiento de determinadas penas relativas a casos especialmente reprobables, como son la delincuencia profesional, la reincidencia y los delitos más graves, junto a una renovación del sistema de penas y la transposición de algunas normas comunitarias en materia penal, son los tres motores de una reforma penal que atiende a muchas de las demandas populares de los últimos años, frente a los casos más sonados en los medios de comunicación.

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Según el informe presentado por Ministro de Justicia,  Alberto Ruiz-Gallardón, al Consejo de Ministros la pasada semana, la gran figura de la reforma del Código Penal es la  prisión permanente revisable, que consistirá en la "duración indefinida de la privación de libertad, sujeta a revisión", de forma que será necesario que se den determinadas  condiciones de reeducación y reinserción para salir de la  cárcel, sin que baste el transcurso del tiempo.

Posibilidad de obtener el segundo y el tercer grado

Eso sí, la excarcelación, deberá ser solicitada por el preso una vez cumplido un periodo de 25 a 35 años, según el tipo de delito por el que fue condenado. La Administración revisará las solicitudes cada dos años para ver si se dan las circunstancias para ello, o por el contrario, es aconsejable mantener la pena. Si se le deniega, no podrá volver a solicitarlo hasta que pase un año. Además, el tribunal podrá promoverlo de oficio cada dos años. La prisión permanente revisable se reservará a los homicidios terroristas y también en los asesinatos con víctimas menores de 16 años, asesinatos subsiguientes a agresiones sexuales,  asesinatos múltiples y los cometidos por bandas  organizadas.

No será un confinamiento absoluto del reo, sino que a éste le serán aplicables los diversos grados carcelarios, como  son el segundo y el tercer grado, lo que supone la posibilidad de su acogimiento a la libertad condicional. La  revisión de la pena le corresponderá en exclusiva al tribunal sentenciador.

No obstante, una vez que el preso sea puesto en libertad, si delinque, ya se le considerará un "hombre nuevo" y por tanto deberá responder tan sólo del nuevo delito y no de los anteriores, por los que ya habrá pagado su pena. Fuentes del Ministerio de Justicia comentaron que esta  pena no se impondrá a los terroristas, salvo que vuelvan a actuar, ni a los casos más mediáticos de la actualidad,  porque el Código Penal no tiene capacidad de aplicarse de forma retroactiva.

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