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La juez del caso de Las Teresitas defiende haber intervenido en un "vis a vis"

Madrid, 10 sep (EFE).- La juez del Tribunal Superior de Justicia de Canarias Carla Bellini, instructora del caso de Las Teresitas, ha defendido hoy en el Supremo la "legalidad y proporcionalidad" de su decisión de autorizar la grabación de un encuentro "vis a vis" entre el presunto testaferro de la trama investigada y una presa de Tenerife.

Bellini ha declarado esta mañana ante el magistrado del Tribunal Supremo José Manuel Maza, que investiga la querella contra la juez por delitos de prevaricación y contra las garantías de la intimidad interpuesta por Felipe Manuel Armas Jerónimo, socio de la empresa que vendió al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife los terrenos colindantes a la playa de Las Teresitas.

En su comparecencia, en la que ha estado asistida por su abogado José Antonio Choclán, la magistrada ha explicado que acordó la intervención de ese encuentro ante los indicios que pesaban contra Armas.

Choclán es el defensor del presunto cerebro de la trama Gürtel Francisco Correa y uno de los abogados que acusó al juez Baltasar Garzón de los delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales por autorizar la intervención de las comunicaciones en prisión entre los imputados en ese caso y sus abogados.

Por esa causa, el Supremo condenó a Garzón a once años de inhabilitación, pero según ha explicado Choclán a Efe "nada tiene que ver" ese caso con el de Bellini, porque lo que ella hizo fue autorizar la intervención de las comunicaciones entre dos personas, a lo que le asiste la ley, y en ningún momento "se ha limitado el derecho de defensa".

El abogado pronostica además que el fiscal del Tribunal Supremo Miguel Ángel Torres instará el archivo de la causa abierta a Bellini porque en su día se opuso a la admisión de la querella.

Según denunciaba Armas Jerónimo en la querella, la magistrada vulneró sus derechos al autorizar a la Policía Judicial que grabara el encuentro íntimo que mantuvo el 14 de octubre de 2007 en el Centro Penitenciario Tenerife 2 con su pareja, una interna que nada tiene que ver con esa presunta trama de corrupción política, cohecho y malversación de fondos públicos.

La Policía Judicial solicitó esa medida cuando ya tenía intervenidas las comunicaciones telefónicas de Armas Jerónimo, ante la sospecha de que en un entorno más íntimo, como era un encuentro con su pareja, este imputado pudiera revelar algún dato importante.

La magistrada lo autorizó al entender que el supuesto testaferro de la trama retomaría en ese contexto "el problema que le obsesiona y preocupa sobremanera y se desahogaría con una persona de su entera confianza en un lugar seguro, dándose la circunstancia de que no ha hablado con ella desde que le fue notificada su situación de imputado en las presentes diligencias" del caso Las Teresitas.

Al admitir a trámite la querella, la Sala de lo Penal del Supremo apreció que esa medida pudo vulnerar los derechos del querellante y de su pareja transgrediendo la protección especial que la ley concede a este tipo de encuentros, "toda vez que la sexualidad pertenece al ámbito de las más estricta intimidad".

Además observó que la grabación de ese "vis a vis" afectó a una persona "que no está imputada en el procedimiento" del caso Las Teresitas, "ni hay datos ni indicios de su posible participación".

Según el Supremo, a diferencia de una interceptación telefónica, en la que no se puede saber con quién va a hablar la persona a la que se está investigando, en este caso la juez conocía de antemano dónde y con quién se iba a producir el encuentro y que ambos -lugar e interlocutor- eran ajenas al caso.

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