
Madrid, 27 jul (EFE).- Un total de 1.269 vecinos de la urbanización Ciudad Santo Domingo, en Algete, han vuelto a recurrir ante el Tribunal Supremo, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estimara, en un auto de abril pasado, que se habían reducido los ruidos del aeropuerto de Barajas.
Según los recurrentes, se trata de un caso multitudinario inédito y con "una de las mayores personaciones en la historia jurídica de España", en el que para "una sola sentencia firme el TSJM ha dictado seis autos, cuatro casados y anulados por el Supremo y dos objeto ahora de nuevo recurso".
En noviembre de 2008, el Supremo falló a favor de los vecinos de Ciudad Santo Domingo, reconociendo la lesión de su derecho fundamental a la intimidad domiciliaria y condenando a AENA a pagar 6.000 euros a cada uno de los demandantes y a adoptar medidas para el cese del ruido excesivo provocado por el aeropuerto de Barajas.
Desde entonces se han sucedido los recursos tanto de Aena como de los vecinos, que consideran "de mucha gravedad el mantenimiento de la lesión pese a tantos años" y exigen la ejecución de la sentencia del TS de 2008 que ordena el cese de sobrevuelos de aeronaves desde el norte con aterrizaje en Barajas.
Aena sostiene que la reducción de la capacidad de Barajas implicaría la pérdida de 47.000 puestos de trabajo (directos e indirectos) y de 1.125 millones de euros en ingresos, y aporta en sus recursos judiciales mediciones acústicas que avalan una reducción de los ruidos.
Así, después de que en noviembre de 2011 el TSJM considerase cumplida la sentencia del Supremo de 2008, los vecinos presentaron recurso de reposición por considerar la situación "notablemente peor entre noviembre de 2008 (mes posterior a la sentencia del TS) y agosto de 2011", según dijo en su día a Efe el abogado de los demandantes, José María Serrano-Pubul.
El último capítulo en la batalla judicial ha sido un auto del TSJM del pasado 26 de abril, que considera cumplida la sentencia del Supremo de 2008 sobre sobrevuelos y desestima tres recursos interpuestos por los vecinos por contaminación acústica.
En esa ocasión Aena adjuntó todas las certificaciones de validación técnica del Sistema Integral de Ruido de Madrid-Barajas (SIRMA), además de informes de organismos especializados sobre la validez de la metodología de medición utilizada, avalada por el Real Decreto sobre el ruido.
En cuanto a los vuelos nocturnos, el TSJM estima que en la comprobación del período analizado, entre enero y junio de 2011, estos habían sido esporádicos y siempre justificados por razones operativas y meteorológicas.
De ahí que los vecinos hayan recurrido ahora en nueva casación al Tribunal Supremo e insisten en que la lesión de sus derechos "es evitable mediante aterrizajes desde el norte hacia Barajas por la izquierda, pasado Ciudad Santo Domingo".
Con ello, se "evita toda población y cumple con la organización mundial de seguridad OACI, permitiendo mantener el uso de todas las pistas" del aeropuerto, concluye en la nota el abogado Serrano-Pubul.
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