El portavoz de la APM Pablo Llarena ha explicado en declaraciones a Europa Press que la sentencia de Estrasburgo abre varias posibilidades. Por una parte, que los presos recurran ante los tribunales y éstos decidan hacer suyo el posicionamiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
La Asociación Profesional de la Magistratura (APM) ha destacado que España no está obligada a excarcelar a la etarra Inés del Río porque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es "una entidad internacional, no supranacional" a la que no se le han cedido competencias en materia de Justicia, por lo que no puede colocarse por encima del Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional.
También cabe la posibilidad de que España apruebe una norma "clara" que recoja el planteamiento del TEDH y "cierre, por decirlo de alguna forma, la interpretación que pueden hacer los tribunales", lo cual "supone un tiempo", ha añadido Llarena.
"En todo caso, la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no supone una excarcelación inmediata", ha insistido el portavoz de la asociación mayoritaria, que ha hecho hincapié en que los tribunales españoles no están "subordinados" al tribunal de Estrasburgo.
Tras indicar que esta resolución "no llevará" a Del Río "a la libertad", Llarena ha precisado que la recurrente puede volver a pedir su excarcelación a los tribunales españoles y éstos decidir si siguen las recomendaciones del tribunal europeo y satisfacen su pretensión.
A pesar de indicar que el planteamiento de Estrasburgo no tiene por qué posicionar la resolución de casos futuros, Llarena sí ha admitido que los tribunales españoles suelen con "frecuencia" recoger las interpretaciones internacionales en sus resoluciones.
A su juicio, una de las cuestiones fundamentales que suscitará la sentencia de Estrasburgo será "una revisión rigurosa" por parte de los Estados de las normas sobre beneficios penitenciarios para que no se apliquen de forma "automatizada y puedan llevar a excarcelaciones" en casos muy graves.
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