El Tribunal Supremo ha fijado para los próximos 11 y 12 de julio, respectivamente, las vistas de revisión de los recursos sobre el pago del llamado 'impuesto revolucionario' a ETA por parte de las hermanas Blanca Rosa y María Isabel Bruño y el presentado por el miembro de ETA Manex Castro, condenado a 9 años de prisión por participar en un ataque contra la sede del PSE en Lazkao (Guipúzcoa), en 2009.
MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha fijado para los próximos 11 y 12 de julio, respectivamente, las vistas de revisión de los recursos sobre el pago del llamado 'impuesto revolucionario' a ETA por parte de las hermanas Blanca Rosa y María Isabel Bruño y el presentado por el miembro de ETA Manex Castro, condenado a 9 años de prisión por participar en un ataque contra la sede del PSE en Lazkao (Guipúzcoa), en 2009.
La celebración de ambas sesiones quedó aplazada a finales del pasado mes de junio por coincidir la fecha prevista con el Pleno de la Sala de lo Penal de este órgano que discutió y rechazo la admisión de una querella criminal contra el ya expresidente de este órgano y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar, por los viajes que cargó al órgano de gobierno de los jueces.
El tribunal constituido para estudiar estos temas está integrado por los magistrados Juan Saavedra, Perfecto Andrés Ibáñez, Miguel Colmenero, Antonio del Moral y Juan Ramón Berdugo.
Las hermanas Bruño recurrieron la sentencia de la Audiencia Nacional que las condenó a un año y tres meses de prisión alegando que vulneraba su derecho a la libertad ideológica. La Audiencia Nacional les reconocía la "eximente incompleta de miedo insuperable" pese a que al mismo tiempo destacaba su implicación en formaciones ilegalizadas y admitía que actuaron con "cierto grado de beneplácito" a la hora de pagar 6.000 euros a la banda terrorista. El magistrado Antonio del Moral ha sido designado ponente de la resolución del alto tribunal
En cuanto a Castro, la sentencia en su día por la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional le condenó como autor de un delito de pertenencia a organización terrorista y otro de tenencia de explosivos. El tribunal absolvió al otro acusado en estos hechos, Mikel Garmendia Bastarrika, de un delito de colaboración con banda armada.
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