La Fiscalía del Principado de Asturias acusa a dos hombres, uno natural de Valladolid, R.G.F., y otro de Oviedo, J.S.F., de tres robos con violencia y un delito de lesiones cometidos en el intervalo de dos días en el mes de octubre de 2009 en Oviedo. El Ministerio Público solicita para J.S.F. una condena de 16 años y 9 meses de prisión. Para R. G. F., la pena de 12 años y tres meses. La vista oral está señalada el 28 de mayo de 2012 en el Juzgado de lo Penal número tres de Oviedo, a las 11.15 horas.
OVIEDO, 25 (EUROPA PRESS)
La Fiscalía sostiene que los acusados cometieron tres delitos de robo con violencia al robar el bolso a unas mujeres por el procedimiento del tirón en 2009.
Según consta en la calificación, sobre las ocho y media de la tarde del 12 de octubre de 2009, los acusados, que iban a bordo de un ciclomotor, a aproximaron a una mujer, E. C. G., que paseaba con un amigo por la calle Postigo Bajo de Oviedo y, de un fuerte tirón que la arrojó al suelo, le arrebataron el bolso.
Como consecuencia de la caída, E. C. G. sufrió lesiones que para su curación precisaron, además de una primera asistencia médica, la aplicación de yeso en el antebrazo izquierdo. Sanó, sin secuelas, a los 184 días, 154 de los cuales estuvo incapacitada para sus labores habituales.
Momentos más tarde, con el mismo procedimiento, los acusados se aproximaron a otra mujer, S. G G.-M., que paseaba por la calle Foncalada, también en Oviedo, y de un fuerte tirón le arrebataron el bolso que llevaba. En su interior había un teléfono móvil, una cámara de fotos, una cinta de DVD propiedad de un videoclub, las llaves de su domicilio y las del de su abuela, su documentación personal y ocho euros en metálico.
Cuatro días después, el 16 de octubre de 2009, sobre las siete y media de la tarde, los acusados volvieron a emplear el mismo procedimiento de robo, esta vez con la mujer M. B. N. E., en la calle Jesús Arias de Velasco y antes de llegar a la plaza de Llamaquique. Los acusados, de nuevo de un fuerte tirón, le arrebataron el bolso en el que llevaba su documentación personal, tarjetas de crédito, su teléfono móvil y 120 euros en metálico. Cuando los acusados fueron detenidos, uno de ellos, R. G. F., llevaba encima el teléfono móvil robado a M. B. N. E.
R. G. F. tiene antecedentes penales que no deben ser tenidos en cuenta a los efectos de esta calificación. Por su parte, J. S. F. fue condenado, entre otros asuntos, por un delito de robo, a la pena de dos años de prisión, en 2008.
La Fiscalía califica los hechos como constitutivos de tres delitos de robo con violencia de los artículos 237 y 241.1 del Código Penal, así como de un delito de lesiones del 147.1 del mismo texto. En J. S. F. concurre la agravante de reincidencia con respecto de los delitos de robo.
El fiscal que se condene a J.S.F. a cinco años de prisión por cada uno de los delitos de robo (quince años en total) y a un año y nueve meses por el delito de lesiones. Y que se condene a R.G.F. a la pena de tres años y seis meses de prisión por cada uno de los delitos de robo (diez años y medio en total) y un año y nueve meses por las lesiones. El pago de las costas se impondrá a los dos acusados, a partes iguales.
Además de la pena de prisión, la Fiscalía solicita que se condene a los acusados a indemnizar a E. C. G. con 10.000 euros por las lesiones sufridas y con la cantidad que se determine en la sentencia por los efectos sustraídos. Y que indemnicen a S. G. G.-M. y a M. B. N. E. con la cantidad que igualmente se recoja en el fallo por los efectos y el dinero robados, más los intereses que establece la ley.