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Anulado el decreto de Móstoles que regula las prácticas de escuelas de conducción

Madrid, 16 may (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el decreto aprobado en 2008 por el Ayuntamiento de Móstoles destinado a regular en el municipio las prácticas de conducción en los vehículos de autoescuelas.

La sentencia del TSJM, del 19 de abril pasado y conocida hoy, estima en parte un recurso interpuesto por la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid en contra del decreto del Ayuntamiento de Móstoles que restringía la realización de prácticas por parte de las autoescuelas locales y otras no domiciliadas en la ciudad.

Entre otras disposiciones del decreto del Ayuntamiento de móstoles, de febrero de 2008, estas escuelas no pueden circular en Móstoles los fines de semana y días festivos, ni fuera de unos horarios fijados.

El Ayuntamiento alegaba que con el decreto ahora anulado ejercitaba la competencia otorgada a los municipios por la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, en este caso para la ordenación del tráfico de vehículos y personas y "la ordenación y el control del tráfico en las vías urbanas de su titularidad".

El decreto, según el Ayuntamiento, fue motivado por el "grave problema" que supone para el vecindario de Móstoles "la ocupación masiva y claramente excesiva de las vías urbanas del municipio por los vehículos de las autoescuelas, obstaculizando seriamente la necesaria fluidez del tráfico rodado".

El Tribunal apreció "falta de competencia del alcalde" para dictar normas reglamentarias, haber prescindido del procedimiento legal para aprobar ordenanzas municipales, y contravenir "principios de igualdad y de libertad de empresa y de libre competencia" recogidos en la Constitución española.

Según el TSJM, ante las limitaciones o restricciones a las prácticas de conducción, al ser impuestas sólo a las autoescuelas no domiciliadas en Móstoles, se produce "un trato de favor a unas autoescuelas en detrimento de otras" que es contrario al principio de igualdad proclamado en el artículo 24 de la Constitución, y contrario al derecho de libertad de empresa y libre competencia.

El Tribunal ha rechazado otras dos pretensiones del recurso de la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid, "las demás actividades derivadas" del decreto, y las denuncias formuladas por la Policía Municipal del Ayuntamiento de Móstoles impuestas y notificadas a las autoescuelas.

En marzo pasado, el Ayuntamiento de Alcorcón decidió restringir la circulación y prohibir el acceso al centro urbano a las autoescuelas no locales y realizan prácticas en el municipio, y reguló los horarios en que deben realizarse los exámenes de conducción, previa notificación a la Policía municipal.

El objetivo de la decisión es evitar la congestión del tráfico y facilitar su fluidez en Alcorcón, donde hay un elevado censo de vehículos y un intenso tráfico tanto por la circulación de vecinos como por la actividad comercial e industrial.

Después de la medida adoptada por Alcorcón, la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid aseguró que los ayuntamientos no tienen competencias para discriminar mismos vehículos con idénticas funciones, en función de si son foráneos o no.

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