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El Supremo insiste a Garzón en que había motivos para juzgarle por el franquismo

Madrid, 10 abr (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha aclarado a Baltasar Garzón que la acusación de prevaricación formulada por Manos Limpias en la causa abierta al magistrado por querer investigar los crímenes del franquismo contenía elementos suficientes para celebrar el juicio, que concluyó con su absolución.

En un auto notificado hoy, la sala de lo penal del TS responde así al escrito en el que Garzón solicitó al tribunal que aclarase por qué celebró el juicio y no anuló la causa, como había solicitado el abogado del juez, Gonzalo Martínez-Fresneda.

El Supremo recuerda en la resolución que por la vía de la aclaración no se pueden remediar defectos de motivación, corregir errores o alterar las conclusiones probatorias previas, ni tampoco anular y sustituir un fallo por otro contrario.

En cualquier caso, el auto, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, responde a algunas de las peticiones de la defensa, que reprochó al tribunal que la sentencia absolutoria no explicara las razones por las que se rechazaron las cuestiones previas planteadas por Garzón y por las que decidió no anular el procedimiento.

El pasado 31 de enero, la sala que juzgó a Garzón por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo rechazó "por mayoría" los motivos presentados por la defensa para solicitar la nulidad de las actuaciones, lo que significaba que había "votos en contra", según el abogado Martínez-Fresneda, que pidió conocer su argumentación.

El Supremo, sin embargo, explica que tras una discusión "profunda y amplia" la sala alcanzó un acuerdo refrendado por la mayoría de sus miembros, "sin que quienes no estaban de acuerdo optaran, entonces y ahora, por ejercer la posibilidad de articular la disensión en uno o varios votos particulares".

Otro de los motivos en los que el abogado de Garzón basó su petición de nulidad del procedimiento fue el hecho de que el instructor de la causa, Luciano Varela, "orientó" al sindicato ultraderechista Manos Limpias al indicarle cómo corregir los defectos de su escrito de acusación.

En este punto, el auto del TS señala que la "identidad de párrafos" del escrito de acusación con otros de resoluciones del instructor "es una cuestión de estética" de la redacción, pero no una irregularidad que le haya causado indefensión.

Añade, además, que la sala entendió que el escrito de acusación contenía "elementos suficientes para rellenar las exigencias del principio acusatorio", ya que identificaba las resoluciones que consideraba objetivamente injustas e identificaba a su autor expresando que actuaba a sabiendas, requisitos del delito de prevaricación.

Estos extremos, según el Supremo, permitían considerar correctamente entablada la acusación "tanto fáctica como jurídica" contra una persona "que podría defenderse de la imputación en los términos que, por otra parte, ha realizado de forma exitosa", indica el auto.

El alto tribunal vuelve a rechazar también la falta de legitimidad de la única acusación popular de Manos Limpias e insiste en que el sindicato ultraderechista estaba legitimado en aplicación de la "doctrina Atutxa", que permite acusar en solitario a la acción popular si es para defender "intereses colectivos".

"Se comparta o no esa decisión lo cierto es que desde la perspectiva expuesta, la acusación popular estaba legitimada para instar la apertura de juicio oral en solitario".

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