
Madrid, 4 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha declarado nula la tasa de vados que el Ayuntamiento de Madrid aprobó en 2005, al entender que el recurso interpuesto por el Consistorio contra una sentencia anterior del TSJM adolece del rigor necesario para justificar la modificación de la tasa.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, fue dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, sección segunda, el pasado 7 de marzo, y ha sido hecha pública hoy por el grupo municipal socialista, que ha expresado su satisfacción ante la citada resolución.
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28 de diciembre de 2007, que estimó el recurso de la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución contra la aprobación por parte del Ayuntamiento, el 22 de diciembre de 2005, de la modificación de la tasa de vados en la capital.
La asociación alegó entonces "al ausencia de verdaderos y efectivos estudios económico-financieros que justificasen el coste y el rendimiento de la tasa, existiendo además una desconexión entre la memoria y la tasa aprobada", con la consiguiente infracción de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y de la ley de Tasas y Precios Públicos.
El Consistorio interpuso un recurso de casación ante el Supremo, que ahora lo rechaza recordado los argumentos esgrimidos por el TSJM.
El alto tribunal resume que "procede desestimar el recurso de casación por adolecer el informe técnico del rigor necesario para que pueda considerarse que cumple la finalidad que le corresponde, en concreto, justificar de forma razonable la modificación de la tasa que definitivamente se aprobó".
Impone las costas a la parte recurrente -el Ayuntamiento-, sin que la cuantía de los honorarios del abogado de la entidad recurrida puedan exceder los 6.000 euros.
La responsable de Hacienda del grupo municipal socialista en el Ayuntamiento de Madrid, Noelia Martínez, ha recordado que la tasa de vados ya fue anulada por los tribunales en diciembre de 2007, pero el Consistorio recurrió y siguió cobrándola, hasta ahora, cuando el Tribunal Supremo ha dictado una resolución definitiva.
Martínez ha subrayado que precisamente el pasado lunes se inició el nuevo período de pago de este impuesto, pero ahora no se puede exigir su abono a los ciudadanos, ya que "sería ilegal y tendría que devolver inmediatamente el dinero".
Ha explicado que, pese a la primera sentencia en contra en 2007, el Ayuntamiento "siguió exigiendo a los ciudadanos el pago de la tasa, por una cantidad de 311,8 millones de euros, de los que lleva recaudados casi 197" entre 2006 y 2012.
La concejal socialista ha recordado que su grupo se opuso a la tasa de vados "porque suponía una subida desmesurada respecto a la anterior y por lo arbitrario de su cálculo", ya ha incidido en la gravedad del significado de la sentencia del Supremo, ya que "declarar nula la tasa significa que, de manera legal, nunca ha existido".
"Este nuevo frente que se le ha abierto al Ayuntamiento es fruto de la obcecación de quienes lo gobiernan, que sabían desde 2007 que la tasa era nula y siguieron recaudando contra viento y marea", ha dicho Martínez, que ha pedido al equipo de gobierno municipal que explique esta actitud y que paralice inmediatamente la recaudación.
Martínez ha añadido que los populares "se han caracterizado siempre por la forma ilegal en que han manejado los tributos, solo se han centrado en conseguir ingresos como fuera, tanto en esta tasa como en el cobro de multas o en el SER".