
Elche (Alicante), 27 mar (EFE).- El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, con sede en Elche, ha desestimado la demanda presentada por la compañía aérea Ryanair contra AENA por la obligación del uso de pasarelas telescópicas ('fingers') para el embarque de pasajeros en el aeropuerto alicantino de El Altet.
Según una sentencia dada a conocer hoy, se condena a Ryanair al pago de las costas de este proceso, aunque puede interponer un recurso de apelación contra la resolución judicial ante la Audiencia de Alicante.
El fallo afirma que "parece evidente" que el embarque y desembarque a pie, frente al realizado a través de pasarelas telescópicas, supone "un mayor riesgo para el pasajero" en "la medida en que se expone a peligros varios".
Ryanair, que opera en El Altet desde febrero de 2007, alegaba que AENA había utilizado el "pretexto" de la apertura de la nueva terminal aérea en el aeropuerto alicantino para "imponer" el empleo de 'fingers' de manera "unilateral e injustificada", lo que implicaba un "grave perjuicio" para su modelo de negocio como empresa de aviación de bajo coste.
Por su parte, AENA aducía que la entrada en funcionamiento de la nueva terminal aérea en El Altet había determinado un uso generalizado de los 'fingers' por la nueva configuración del aeropuerto, en especial las dimensiones de los "sobres" stands de estacionamiento de aeronaves.
Al reducirse la anchura de éstas, según AENA, el embarque y desembarque a pie en posiciones de contacto obligaría a los pasajeros a invadir el estacionamiento contiguo, por lo que se infringiría la normativa de seguridad en plataforma prevista en el Real Decreto 862/2009.
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