Ecoley

El Gobierno revisará los supuestos de aforamiento de jueces y magistrados

Madrid, 2 mar (EFE).- El Gobierno ha creado hoy una comisión para trazar las líneas maestras de la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que pondrá límites temporales al secreto del sumario y, según han dicho a Efe fuentes del Ministerio de Justicia, revisará los supuestos de aforamiento de jueces y magistrados.

Este ha sido uno de los acuerdos adoptados en el Consejo de Ministros de este viernes, que ha creado una segunda comisión para que, en el mismo plazo de cinco meses, elabore las propuestas de los textos articulados de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Demarcación y Planta.

Ambas comisiones estarán integradas por magistrados, fiscales, catedráticos de Derecho, abogados, procuradores y secretarios judiciales, que no cobrarán por su labor.

Entre los objetivos que se ha marcado el Gobierno en la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal figuran regular el sometimiento a plazo del secreto del sumario e incrementar el control de las intervenciones telefónicas y efectuar una revisión de los actuales supuestos de aforamiento de jueces y magistrados.

En la actualidad, los presidentes y los magistrados del Tribunal Supremo, el Constitucional, la Audiencia Nacional y los Tribunales Superiores de Justicia y los vocales del Poder Judicial, así como el fiscal general del Estado y los fiscales de sala del Supremo gozan de un fueron especial ante la sala de lo penal de este último órgano.

Así, es el Supremo el encargado de la instrucción y del enjuiciamiento de las causas contra ellos, independientemente que los hechos imputados sean o no consecuencia del ejercicio de su cargo.

Mientras tanto, el resto de los jueces y fiscales gozan de fuero ante la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma, pero únicamente para los delitos o faltas cometidos en el ejercicio de su cargo.

Para los demás delitos, estos magistrados y miembros del Ministerio Público están sometidos al régimen común.

Hasta 1993, cuando fue derogado, la Ley de Enjuiciamiento Criminal incluía un tratamiento específico para el aforamiento de los jueces y magistrados, que preveía el llamado "antejuicio" como procedimiento previo que limitaba la actuación de particulares cuándo se querellaban contra un juez o fiscal sin que se hubiera abierto un proceso de oficio o a instancias de la Fiscalía.

Este mecanismo establecía que las querellas no podían plantearse de forma directa, sino que era necesario plantear primero el antejuicio como un requisito para admitir la denuncia, evitar imputaciones injustificadas y dar garantías a los aforados antes de proceder contra ellos si los hechos denunciados no eran constitutivos de delito.

El Gobierno también pretende llevar a cabo una nueva delimitación de las competencias de jueces y fiscales, instaurar la doble instancia penal, regular de forma "adecuada" la fase de instrucción del proceso y lograr una "mayor precisión" en el ejercicio de la acusación particular.

Otra de las metas que se ha marcado el Ministerio de Justicia es luchar contra la "creciente inseguridad jurídica", incorporar la doctrina del Tribunal Supremo, el Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en materia de derechos fundamentales y revisar el sistema de ejecución de sentencias.

Las comisiones designadas por el Ejecutivo también trabajarán en una reforma de la LOPJ con la que se persigue configurar una organización más racional y eficaz de la Administración de Justicia, que a su vez contribuya a la reactivación económica.

También tienen el encargo de estudiar y presentar al ministro una propuesta de reforma de la Ley de Demarcación y Planta con el fin de superar el "obsoleto" modelo basado en el partido judicial y organizar la Justicia con criterios más flexibles, adaptando la organización territorial al actual modelo de estructuras judiciales.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky