MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Valencia ha anulado los contratos de cobertura frente a los riesgos derivados del tipo de interés leasing vendidos por Bancaja (integrada en Bankia) a nueve empresas fotovoltaicas y deberá devolver 30.393 euros a ocho de ellas y 18.236 a una, según la sentencia dictada el pasado 22 de febrero.
El tribunal concluye que los productos que Bancaja vendió al representante legal de las nueve pymes no se ajustaba a lo que el propio cliente deseaba y entendía, por lo que en la firma del contrato hubo "error en el consentimiento".
La sentencia considera que la entidad dio al cliente "una información contractual y precontractual no veraz e incorrecta", por lo que el cliente creyó que "suscribía un producto de cobertura" y "se encontró con que se le ejecuta como si fuese un producto de inversión o especulativo".
La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia confirma así la sentencia anterior dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valencia, que también anuló los nueve 'swaps'.
Bancaja argumentó en su recurso de apelación que las nueve sociedades, por su volumen de negocio, cualidad profesional de su administrador y asistencia de asesores, estaban "plenamente" capacitadas para entender el negocio suscrito.
Además, la entidad defendió que sí se advirtió de los riesgos que podía reportar la operación derivados de una bajada brusca de los tipos de interés, que argumentaba no estaba prevista y que provocó pérdida a los clientes.
Al respecto, la sentencia considera que el volumen de negocio y la calificación profesional de asesor legal es de "escasa trascendencia", ya que lo que el cliente buscaba para asegurarse un tipo de interés y lo que la entidad le vendió "no se armoniza con lo que efectivamente contrató, siendo esta divergencia completamente imputable a la entidad".
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