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El acusado de alojar a los etarras admite su militancia pero dice que ya cumplió condena

Madrid, 24 feb (EFE).- El etarra Iñigo Ripoll Estarta, acusado de facilitar alojamiento a los terroristas fallecidos Hodei Garralaga y Egoitz Gurruchaga en 2002, ha reconocido hoy su "militancia continua" en la banda pero ha alegado que ya cumplió una condena de siete años en Francia por este delito.

Así lo ha asegurado el etarra durante el juicio celebrado en la sección segunda de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional en el que la fiscal Carmen Monfort ha mantenido su petición de dieciocho años de prisión para el acusado por los delitos de colaboración con banda armada y depósito de explosivos.

En la vista ha admitido a preguntas de su letrado, Iñigo Iruin, que militó de manera "continua" en ETA desde la Semana Santa de 2002 hasta su detención en Francia el 26 de enero de 2006, aunque previamente colaboraba con la organización terrorista buscando infraestructuras y viviendas para sus miembros.

Sin embargo, tras la muerte de los dos etarras Hodei Garralaga y Egoitz Gurruchaga al explotar el coche en el que viajaban el 23 de septiembre de 2003, ETA le "facilitó la huida" al país galo, donde continuó ejerciendo las citadas labores.

En ese contexto fue en el que alquiló una casa en Bilbao, cuyas llaves entregó "a dos chicos y a un chica" en junio de ese año, ha relatado antes de añadir que los etarras, a los que no conocía, no vivían en su domicilio de forma permanente.

También ha insistido en que ni sabía, ni les dio permiso para que ocultaran explosivos en un arcón situado en la entrada de la vivienda.

Para la fiscal, ha quedado acreditado que los dos etarras "no vivían pero sí utilizaban la vivienda con el permiso del arrendatario", que sí habitaba en ella, por lo que se ha preguntado: "¿A qué iban allí si no es a ocultarse y a preparar sus actividades terroristas?".

"Sabe para lo que les dejó la casa, no se la va a dejar para rellenar los crucigramas de 'Gara'", ha insistido la representante del Ministerio Público.

Ha recriminado a la defensa que solicite la aplicación de "cosa juzgada" para Ripoll, que fue detenido el 28 de enero de 2006 en el sur de Francia junto a Urtzi Gainza Salinas, y ambos fueron condenados en junio de 2010 a siete años de prisión por el Tribunal Correccional de París por asociación de malhechores.

Según Monfort, en este caso no es aplicable este principio porque requiere una permanencia prolongada en el tiempo, pero sobre Ripoll pesa un "espacio temporal en la que no está acreditada la continuidad delictiva" entre 2002 y 2005, pues no consta ningún procedimiento abierto contra él en la Audiencia Nacional en ese periodo.

Por el contrario, para el letrado del acusado el principio de "cosa juzgada" concurre en el caso del acusado, que de "forma clarísima" ya pertenecía a ETA antes de haber pasado a la clandestinidad en Francia.

En este punto, ha insistido en que no ha habido en ningún momento ruptura de la actividad delictiva de Ripoll y en que, aunque la condena fue por asociación de malhechores, en este delito queda integrado el de colaboración por el que le viene acusando el Ministerio Público.

Respecto al de depósito de explosivos, Iruin ha considerado que afirmar que sabía lo que había dentro es "pura especulación", por lo que ha reclamado su absolución.

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