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Condenados en Jaén por pegar a un varón que no podía salir con su coche al estar otro aparcado en la única vía

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a dos hermanos, D.F.A. y a M.F.A., a un año y medio de prisión por agredir a un varón que no podía circular y salir con su coche de la calle donde se encontraba, en el Polígono de los Olivares de la capital jiennense, por estar otro vehículo aparcado justo delante e impedir de esta manera la salida del primero, ya que no existía otra vía para marcharse.

JAÉN, 24 (EUROPA PRESS)

Así, según relata la sentencia, a la que ha accedido Europa Press, los hechos tuvieron lugar en julio de 2008, cuando, con motivo de una discusión originada por el estacionamiento de un vehículo y encontrándose el perjudicado en estas actuaciones en la calle Huelma de dicho polígono, el acusado M.F.A. estacionó su turismo de marca Peugeot de forma que impedía a aquel la salida, pues la calle no tenía otra.

De este modo, en dicho momento se personó, de forma sorpresiva y por la espalda, sin que el acusado pudiera verlo, su hermano, el también acusado D.F.A., quien agredió "con gran violencia" al perjudicado en la cara, produciéndose tal agresión de atrás hacia delante en forma de gancho, haciéndole caer al suelo, donde ambos continuaron la agresión propinándole numerosas patadas en diversas partes del cuerpo, abandonando finalmente el lugar de los hechos a bordo del susodicho vehículo.

Asimismo, como resultado del acontecimiento y agresión descritos, la víctima sufrió lesiones consistentes en fractura de huesos propios con desplazamiento y desviación de tabique nasal, siendo necesario tratamiento médico e intervención quirúrgica para su curación habiendo de invertir el perjudicado 45 días en la curación de dichas lesiones, con 30 de impedimento para realizar sus actividades habituales y quedándole además como secuela un perjuicio estético ligero por desviación del tabique nasal valorado en informe médico forense entre tres y cinco puntos.

Por todo ello, la Audiencia provincial ha fallado que debe condenar a D.F.A. y a M.F.A. a un año y medio de prisión, cada uno, por un delito de lesiones del artículo 147.1. Además, están obligados, en concepto de responsabilidad civil, de manera conjunta y solidaria, al pago de un total de 5.266,30 euros.

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