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El condenado por el crimen de la discoteca Amnesia alega en el TS que no hubo un plan previo

Madrid, 24 nov (EFE).- Uno de los condenados por el homicidio de un portero de la antigua discoteca madrileña "Amnesia", en 1999, ha pedido hoy al Tribunal Supremo (TS) su absolución al alegar que desconocía los planes de los autores materiales del crimen y porque no se demostró en el juicio que tuviera un móvil para matar a nadie.

La defensa de David Lozano, condenado en diciembre del pasado año a 25 años de cárcel por la muerte de Víctor Manuel P.P., otros dos delitos de homicidio en grado de tentativa y tenencia ilícita de armas, ha argumentado que su defendido no tuvo ningún "concierto previo" con las personas que efectuaron los disparos.

El TS tiene una reiterada doctrina que defiende que si todos los implicados en un hecho no tienen "dominio del hecho delictivo" no se puede aplicar a uno "el exceso de otro", según la letrada de Lozano, María Dolores Márquez de Prado.

Además, ha criticado ante la Sala de lo Penal del TS que la sentencia de la sección séptima de la Audiencia Provincial de Madrid apoya sus argumentos para imponer a Lozano 25 años de prisión únicamente en lo que le resulta "más creíble o no" sin mayor razonamiento.

En su opinión, la sentencia también incurre en contradicciones, ya que, de cuerdo con las declaraciones de los testigos en la vista, no queda demostrado que Lozano fuera portero de discoteca ni asiduo a ese ambiente, o que tuviera un motivo para pelearse con los de un local rival.

La abogada ha recordado que su defendido estuvo huido de España cuando fueron condenados los autores materiales del crimen, los hermanos de origen iraní Siamak, Attabak, Babak M., así como el español Alfonso T.

En las sentencias de ese juicio quedó demostrado por declaración de testigos y por la autopsia que la víctima, antes de recibir disparos, fue golpeada por Siamak y Alfonso, sin que interviniera una tercera persona, supuestamente David.

Asimismo, en los hechos probados se evidenció que los disparos los efectuaron los hermanos M. y, según ha resaltado hoy la defensa de Lozano, éste ignoraba que llevaran armas.

"No hay prueba incriminatoria contra David", ni él tenía un móvil para "ese brutal escarmiento" contra la víctima y sus compañeros de la discoteca "Amnesia", según la letrada, que ha añadido que su defendido no se pudo "vengar por unos hechos ajenos".

Por último, la abogada ha criticado ante el TS que, en su opinión, la presidenta del tribunal que juzgo y condenó a Lozano no tuvo en la vista imparcialidad, ya que demostró una "clara muestra en contra" de él.

La magistrada también mantuvo una actitud de "beligerancia" con algunos testigos, llegando incluso a decirles que no podían contestar simplemente "no" a algunas preguntas, ha recordado la letrada de David Lozano.

Por su parte, el fiscal ha pedido que se desestime el recurso del condenado al manifestar que no es viable en un recurso de casación alegar contradicciones de la sentencia entre unos hechos probados o no y entre las declaraciones de los testigos.

En cuanto a la posible falta de imparcialidad del tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid que llevó el caso, la Fiscalía ha señalado que le parece "una exageración" y que lo que tenía que haber hecho la abogada si había notado alguna falta de imparcialidad era protestar en la vista.

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