
Ávila, 17 dic (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que impide a construcción de una urbanización de 2.370 viviendas proyectada en la margen izquierda del río Voltoya, a unos 20 kilómetros al este de Ávila.
El fallo, dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo y conocido hoy, lleva fecha de 28 de octubre y desestima el recurso de casación contra la sentencia emitida por el TSJCyL a mediados de 2007, presentado por la Junta de Castilla y León, la empresa "Lagos, S.A." y el Ayuntamiento de Santa María del Cubillo, el municipio abulense en el que estaba previsto ubicar esta urbanización.
Aquel fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo volvió a rechazar el Plan Especial de Saneamiento de Pluviales de la margen izquierda del río Voltoya, en Ávila, donde estaba proyectada desde hace más de dos décadas esta urbanización para cerca de 10.000 personas, cuyas aguas residuales irían a parar al embalse del Voltoya o de Serones, uno de los tres que abastecen a la ciudad.
Ante este nuevo pronunciamiento judicial, el teniente de alcalde de Servicios a la Ciudad, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de Ávila, Alberto Plaza, ha expresado en rueda de prensa la "satisfacción" del equipo de gobierno por este fallo "firme" y contra el que "no cabe recurso".
Además, ha precisado que "no aprobándose el plan de pluviales, cualquier cuestión constructiva no puede darse", de ahí que considere que "se ha atajado de manera definitiva la construcción de esta urbanización que estaba al borde mismo del principal pantano de abastecimiento de agua potable a la ciudad".
Este conflicto se remonta a 1980, cuando el Ayuntamiento de Santa María del Cubillo aprobó sus normas subsidiarias, antes de que se presentase el proyecto de urbanizar cerca de 2.400 viviendas en las inmediaciones del "Campo Azálvaro".
En 1989 la Comisión de Urbanismo dio el visto bueno al Plan de Saneamiento, que fue recurrido por el Ayuntamiento de Ávila ante el Tribunal Superior de Justicia, cuyos magistrados dieron la razón al consistorio en 1993, ya que las aguas residuales irían a parar al embalse de Serones.
El fallo exigía la sustitución del primer plan por otro con modificaciones que fue aprobado por la Comisión Territorial de Urbanismo de la Junta el 30 de noviembre de 2005, aunque después volvió a ser anulado tras el recurso contencioso administrativo plantado tanto por Centaurea como por Comisiones Obreras.
El 12 de diciembre de 2008 se dictó el fallo sobre dicho recurso de Centaurea, que daba la razón a ambas organizaciones, que dieron ese paso ante lo que consideraron "silencio administrativo" de la Consejería de Medio Ambiente a un recurso de alzada contra la decisión de aprobar el plan de saneamiento modificado en 2005.
Previamente, el TSJCyL había resuelto también en favor del Ayuntamiento de Ávila, suspendiendo la ejecución del Plan Especial de Saneamiento de Aguas Pluviales de las urbanizaciones que se planteaban en el espacio de "Campo Azálvaro".
Al margen de los efectos sobre la ciudad de Ávila, tanto CCOO como Centaurea destacaban en su recurso el daño medioambiental que este proyecto ocasionaría en el 'Campo Azálvaro', teniendo en cuenta que se trata de una zona de "alto valor ecológico".
Relacionados
- UC y Ayuntamiento se plantean incrementar el número de viviendas para estudiantes a construir en el Campus
- Israel planea construir más de 50.000 viviendas en Jerusalén Este
- Los visados para construir nuevas viviendas caen un 13,1% hasta agosto
- Economía/Vivienda.- Los visados para construir nuevas viviendas caen un 13,1% hasta agosto
- Los visados para construir nuevas viviendas caen un 21% hasta agosto