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Los cuatro "indignados" no detenidos se libran de las pruebas fotográficas

Barcelona, 20 oct (EFE).- Los cuatro imputados por el acoso a diputados del Parlament que no fueron detenidos han conseguido librarse de la sesión fotográfica para la que estaban citados en la Audiencia Nacional, acogiéndose a su derecho a no colaborar en una prueba que podría resultar incriminatoria.

Los cuatro "indignados" se presentaron la semana pasada en la Audiencia Nacional para evitar ser detenidos como los otros dieciséis imputados por el bloqueo del Parlament del pasado 15 de junio, algunos de los cuales fueron arrestados en la Ciutat de la Justicia de Barcelona cuando acababan de entregarse al juez de guardia.

El juez instructor de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, tomó declaración a los cuatro imputados -que se negaron a declarar-, pero les emplazó a acudir a la comisaría de los Mossos d'Esquadra a someterse a las pruebas fotográficas que se practicaron a los detenidos, según han informado a Efe fuentes judiciales.

Los cuatro imputados que esquivaron su detención se negaron a acudir a la comisaría y presentaron un recurso ante la Audiencia Nacional en el que se escudan en su derecho a no colaborar activamente en unas pruebas que, en su opinión, "no están encaminadas a identificarlos, sino a efectos de imputación".

Ante la falta de respuesta a su recurso, los imputados han acudido hoy a la citación que les había efectuado la Audiencia Nacional para someterlos a la sesión fotográfica y han presentado sus alegaciones ante el juez de la Audiencia Nacional, que por el momento ha aceptado eximirles de la prueba.

Según la defensa de los imputados, ejercida por los abogados Jaume Asens, Isabel Elbal y Gonzalo Boye, la reseña fotográfica que los Mossos d'Esquadra obtuvieron de los detenidos en comisaría persigue obtener una clara prueba de cargo, dado que su objetivo es compararla con las imágenes del bloqueo en que la policía basa sus identificaciones, que son rápidas y poco precisas.

Por ese motivo, el recurso, al que ha tenido acceso Efe, argumenta que las sesiones fisonómicas impuestas por el juez "afectan a los derechos fundamentales", especialmente teniendo en cuenta que también se fotografiaron los tatuajes de los detenidos, a los que se requirió una "colaboración activa" consistente en quitarse o ponerse gafas, gorros u otras prendas.

En opinión de las defensas, no supone "el mismo grado de limitación de la libertad" las diligencias de indagación de la identidad previstas en la ley, que unas diligencias efectuadas "a efectos de imputación", de la misma forma que a no se puede obligar a un encausado a participar en una rueda de reconocimiento.

Además, el recurso aduce que, mientras hay normativa expresa que obliga a someterse a una prueba de alcoholemia, no existe norma procesal penal que imponga al imputado una colaboración activa en la práctica de una prueba que "puede arrojar unos considerables indicios autoincriminatorios".

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