El juez desestima la petición de archivo de los bancos y acepta que se estudien en su conjunto las cláusulas incluidas en los contratos
MADRID, 11 (EUROPA PRESS)
El Ministerio Fiscal se ha personado este jueves por primera vez en España en defensa de los consumidores durante un juicio por una demanda colectiva presentada por una asociación contra entidades financieras por la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
El fiscal José Ignacio Esquívias Jaramillo, designado hace un mes por la Fiscalía General del Estado para la defensa de los consumidores y adscrito a la Fiscalía de Madrid, participó en el juicio celebrado en el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid por la demanda presentada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra BBVA y Banco Popular por incluir 51 cláusulas consideradas abusivas en sus contratos de hipotecas, cuentas corrientes y tarjetas.
Con la personación de la Fiscalía, el resultado de la sentencia se aplicará a todas las cláusulas contractuales similares de las entidades financieras y no sólo a las de estos dos bancos, según explicaron fuentes jurídicas personadas en la causa.
De esta forma, se aplica por primera vez en España el modelo de tramitación de demandas colectivas estipulado en la Directiva Europea, aprobada en mayo de 1998, y transpuesta en el Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, que aprobó el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Esta regulación unificó las leyes de protección de los consumidores (de 1989) y las leyes de condiciones generales de la contratación (de 1998).
DESESTIMAN LA PETICION DE ARCHIVO.
Durante el juicio, el juez titular, Javier Yáñez, desestimó la petición de BBVA y Banco Popular de archivar la demanda por considerar que no se puede acumular en el mismo procedimiento judicial la impugnación de cláusulas diferentes de contratos distintos. "Existe una diferencia de hechos abismal", afirmó uno de los letrados.
Al respecto, el juez dio la razón al fiscal y a la OCU y concluyó que "la nueva normativa en materia de consumidores y usuarios" obliga a estudiar de forma conjunta el "carácter abusivo general" de las cláusulas y explicó que "ventilarlas" por separado podría traer "más perjuicio", así como convertir el juicio en un "proceso kafkiano".
Los letrados de los dos bancos alegaron que algunas de estas cláusulas ya no se aplican y aportaron la sentencia pionera dictada por el Tribunal Supremo el 16 de diciembre de 2009, que dio la razón a la OCU y anuló varias cláusulas incluidas en los contratos de tarjetas de crédito, préstamos e hipotecas de Banco Santander, BBVA, Bankinter y Caja Madrid por considerar que son "abusivas", "desproporcionadas" o "confusas". Esta sentencia solo se aplicó a estas entidades, al aplicar la Ley de Condiciones Generales de Contratación de 1998.
El fiscal incidió en que, en la demanda actual, existen "hechos nuevos, porque hay una regulación posterior a la de 1998 y nueva en materia de derechos de los consumidores correspondiente a 2007", que hace que "lo visto con carácter preferente no sea lo que se va a ver ahora". "Para evitar una multiplicidad de procedimientos sobre unos mismos hechos es necesaria una sentencia única", concluyó.
Entre las cláusulas que se van a juzgar están las llamadas 'cláusulas suelo' de las hipotecas, que limitan las posibles rebajas en la cuota mensual de la hipoteca al actuar como freno ante las bajadas del Euríbor, así como la condición que permite al banco no aplicar los intereses variables a la baja en la hipoteca si el cliente no se lo pide expresamente diez días antes de la revisión y la posibilidad de que la entidad pueda contratar productos de su repertorio sin preguntar al cliente, entre otras.
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