La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha aprobado, con competencia legislativa plena, sin necesidad de enviar al Pleno al tramitarse por el procedimiento de urgencia, y ha remitido a la Cámara Alta el proyecto que aún tiene que debatir, negociar y aprobar aspectos tan importantes como el de la localización de las unidades de control del juego.
La Ley del Juego ya está en el Senado, después de haber recibido más de un centenar de enmiendas, aunque todavía son muchas las modificaciones que los Grupos Parlamentarios prevén que serán aún negociadas para mejorar el texto definitivo.
El principal debate se centrará ahora en las medidas de seguridad y control técnico, puesto que el actual proyecto autoriza a que la Unidad Central de Juegos pueda encontrarse fuera del territorio español, lo que supondría que las inspecciones presenciales para la verificación y el control de la información por la Comisión Nacional del Juego de las empresas instaladas en paraísos fiscales o en otros países de la Unión Europea deban limitarse a las unidades secundarias, éstas sí instaladas en España, en lugar de la principal, lo que facilita la manipulación y eleva el peligro de blanqueo.
Sirva como ejemplo de los problemas que plantea el cambio de jurisdicción las dificultades encontradas por la Inspección de Hacienda en Gibraltar cuando fueron invitados a investigar el Caso Malaya. Después de unas gestiones comprobaron que la normativa de la colonia británica hacía imposible seguir el rastro de los titulares de las sociedades a investigar, ya que funcionaban desde otras ubicaciones a través del uso de una simple clave. El apoyo gibraltareño no sirvió para nada.
Italia está siendo un ejemplo gráfico de las dificultades que plantea para el control administrativo estatal permitir que las unidades centrales se encuentren fuera de la jurisdicción territorial.
Estas comprobaciones se refieren a la actividad de juego llevada a cabo, de los premios otorgados y de la identidad de las personas que participan y son premiadas en ellos, y en su caso, de la devolución de premios que eventualmente se produzca con motivo de la anulación de los juegos.
Este control resultará fundamental, no sólo sobre la actividad de los juegos autorizados sino la garantía de que se impida a los menores e incapacitados y a las personas que, bien por voluntad propia o bien por resolución judicial tengan prohibido, el acceso a los juegos desarrollados a través de medios telemáticos e interactivos.
Menos decisivo, por tanto, resulta, aunque sea importante, que el juego se haga a través de un dominio .es en lugar de un .com, tal y como se ha incluido en el texto durante su tramitación en el Congreso.
No obstante, se considerarán sanciones graves el desarrollar y comercializar a través de Internet de actividades de juego, que no sean realizadas en el sitio web específico bajo ".es y el incumplimiento de la obligación de redireccionamiento.
Sin limitación de licencias
En el Congreso de los Diputados destaca la modificación de que cualquier empresa que reúna las condiciones exigidas por la Ley podrá obtener una autorización para ofrecer servicios de juego online. Así, se ha eliminado una de las cuestiones más controvertidas para la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), como era la existencia de un concurso que limitase las licencias a tan sólo cinco, tal y como se establecía en el texto original.
La desaparición de esta limitación pretende facilitar la competencia en el mercado y, además, eliminar las tentaciones que estos tipos de concursos limitados presentan de caer en el enchufismo y la corrupción. El mercado será el que obligue a las empresas a fusionarse o a desaparecer por sus propias reglas.
La normativa propone un régimen jurídico para la industria del juego, con la intención de responder a la nueva situación de mercado surgida como consecuencia del desarrollo de las apuestas y el juego en Internet; así mismo, pretende aportar seguridad jurídica para operadores y jugadores, proteger a los menores y a los ludópatas, y prevenir delitos como el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Uno de los aspectos más conflictivos durante la tramitación del proyecto del Gobierno se refiere a la entrada en vigor de la norma y la aplicación de su sistema de sanciones para las empresas de juego que no estén radicadas en España para igualar las oportunidades de salida en el mercado.
El PP y CiU, solicitaban al Ejecutivo un período transitorio para permitir que las empresas ilegales que operan en España pudieran regularizar su situación y mientras tanto no fueran sancionadas, por ejemplo, al hacer publicidad o patrocinios. Ambas resultaron rechazadas, pero la portavoz socialista Montserrat Colldeforns se comprometió a estudiar una solución durante la tramitación en el Senado de la ley.
Más controversias
Los sindicatos del sector del juego, que representan a cerca de 100.000 trabajadores han denunciado que los planteamientos de base del proyecto crean "un marco permanente de confusión y conflictos entre todos los sectores de la industria, lo que obligará a sus continuas modificaciones y a reclamaciones permanentes mediante procesos judiciales.
Una muestra de esta afirmación, es la demanda presentada por el Grupo Codere contra el contrato de patrocinio de Bwin con el Real Madrid, tras la inclusión de un periodo transitorio de patrocinios para aquellos que fueran firmados antes del 1 de enero de 2011. Los problemas que generará la situación de privilegio que el proyecto otorga a quienes han operado durante los años en que la normativa no lo ha permitido, condicionarán al sector, incluido a Loterías y Apuestas del Estado (LAE) y la Organización Nacional de Ciegos (Once).
La incorporación de accionistas privados a la nueva LAE va a suponer la pérdida de algunos de los privilegios que su condición histórica de monopolio llevaba aparejados. Por ejemplo, el requisito de exclusividad que se imponía a la red de ventas, y que desde el punto de vista de apertura del mercado a la competencia europea es una barrera de entrada muy seria, así como la base de una posición dominante en la industria.
Una vez convertida en empresa con accionistas privados, según diversos estudios sectoriales, las bajas comisiones que paga LAE a su red tendrán que subir, lo que significará que su margen bajará. Si no, venderán productos de otros proveedores de juego y quizás hasta loterías europeas con lo que bajaran las ventas, lo que plantea. Además, la posibilidad de que estos operadores mantengan una reserva de juegos, como las loterías, pero puedan competir con el resto de los operadores privados, llevará a que se generen invasiones del área reservada y a que aumenten los litigios judiciales.
De entrada, los aspirantes a operadores de juego online, una vez que entre en vigor la Ley, han logrado la introducción de una enmienda negociada por los grupos parlamentarios en la que se establece que LAE no podrá obtener licencias singulares distintas a las referidas en el párrafo anterior hasta que no se hubieran concedido a otros operadores licencias generales de la modalidad de juego correspondiente.
Todos estos condicionantes, que aún pueden ser modificados durante el procedimiento de tramitación del proyecto de Ley en el Senado, están dificultando la valoración de la compañía que, finalmente parece que será de 21.000 euros por el 30 por ciento del capital con unos beneficios en 2009 de 3.000 millones.
Los medios de comunicación
Más claro ha quedado la responsabilidad de los medios de comunicación a la hora de realizar publicidad de un operador de juego. Este, deberá contar con el correspondiente título habilitante en el que se le autorice para el desarrollo de actividades de juego a través de programas emitidos en medios audiovisuales o publicados en medios de comunicación o páginas web, incluidas aquellas actividades de juego en las que el medio para acceder a un premio consista en la utilización de servicios de tarificación adicional prestados a través de llamadas telefónicas o basadas en el envío de mensajes.
En el texto original se obligaba a los medios de comunicación a comprobar que el operador no tenía deudas con Hacienda y la Seguridad Social y tenía sus autorizaciones en regla. Con el nuevo texto, tan sólo será necesario entrar en la web de la Comisión Nacional del Juego para comprobar que se encuentra en el listado correspondiente a las sociedades autorizadas para ofrecer servicios de juego o apuestas.
Dinero para los clubes
Otra de las grandes novedades es que los equipos de fútbol por primera podrán percibir un porcentaje sobre la recaudación de las apuestas deportivas digitales. Sin embargo, el proyecto de ley no ha introducido ni el porcentaje que recibirán ni quiénes serán los afortunados que percibirán estos ingresos, que según las previsiones del propio sector, podrían elevarse en 2011 a cerca de 400 millones de euros.
La designación de quienes conformarán el listado de beneficiados por esta participación se realizará en un reglamento, que según se acordó en la tramitación en el Congreso de los Diputados deberá estar listo en un periodo de seis meses.
El deporte que más apuestas recibe es el fútbol con más del 70 por ciento del total, según los datos de la Asociación Española de Apostadores por Internet (Aedapi), seguidos a bastante distancia por el tenis, el baloncesto, las competiciones del motor y las carreras de caballos.
Fiscalidad de los operadores
Existe un amplio acuerdo en que la fiscalidad que se imponga a los operadores, lo sea sobre los beneficios netos, una vez pagados los premios, tal y como está en estos momentos. Esta fiscalidad hubo de ser modificada, puesto que en los primeros borradores se incluía una base impositiva sobre los beneficios brutos.
Las mayores disensiones, no obstante, se centran en los tipos. Diversos diputados de la Comisión de Economía del Congreso han mostrado su convencimiento de que en el Senado estos tipos serán debatidos. El 25 por ciento sobre los ingresos netos es el que afecta a las apuestas y juegos de mayor interés para los operadores privados.
No estarán sujetos al impuesto los juegos de lotería de ámbito estatal, con independencia del operador, público o privado, que los organice o celebre. Además, el proyecto, prevé que sí quedarán sujetos al impuesto cualesquiera otros juegos distintos de la lotería de ámbito estatal que sean organizados o celebrados por LAE o la Once.
Finalmente, de acuerdo con lo aprobado hoy, la Comisión Nacional del Juego tendrá siete miembros, en vez de cinco, como se ha había previsto en un primer momento, para adecuar su formato a la Ley de Economía Sostenible, que dicta que los organismos reguladores en España deben contar con siete miembros en su cúpula directiva.