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El Registro de Condiciones Generales se abre en Internet

Imagen: Archivo

Los consumidores que logren una sentencia favorable en la que se anule una cláusula general (impuesta por la otra parte y no negociada) en un contrato de adhesión, deben solicitar al juzgado que remita el texto judicial al Registro de Condiciones Generales, para que sirvan de aviso para otros consumidores y actúen con efectos prejudiciales en otros procedimientos judiciales por cláusulas idénticas.

Así, lo explicó ayer Belén Madrazo, directora de Protección a los Consumidores del Colegio de Registradores, quien lamentó que "los jueces no realicen esta remisión de oficio", al tiempo que el registrador Joaquín Rodríguez abogó por la remisión de estas sentencias que "se quedan en los juzgados regionales lleguen al registro de contratación para tener una base de datos más amplia".

Este Registro, creado por la Ley de Condiciones Generales de la Contratación del año 1998, estaba incluido en el Registro de Bienes Inmuebles y dividido por provincias, pero a partir de ahora, se abrirá de forma inminente una versión accesible para todos los interesados a través de Internet, y con información completa de toda España (http://www.registradores.org).

El Registro, que hasta ahora ha tenido muy poca utilización por los consumidores, tiene como objetivo informar al ciudadano del contenido exacto de las cláusulas protegiendo al consumidor frente a las cláusulas abusivas, evitando que en el futuro las cláusulas nulas puedan incorporarse a otros contratos.

Se dan a conocer sentencias

Se pueden encontrar en él, el depósito de condiciones generales de contratación y las sentencias dictadas por los Tribunales españoles declarando nulas algunas cláusulas que formaban parte de los contratos en masa o de adhesión.

Estas sentencias que tienen su origen en la demanda presentada por un particular afectado o por una organización de consumidores en representación se inscriben cuando ya es considerada firme.

Belén Madrazo explicó que esta sentencia sólo tendrá efecto sobre cláusulas idénticamente redactadas por la misma empresa a que se refiere la sentencia en firme.

Por ello, el responsable de comunicación de la OCU, Antonio Joya, apuntó que "habrá que apelar al principio de buena fe" para evitar que los consumidores vuelvan a encontrarse con estas cláusulas, con otra redacción diferente, y tengan que recurrir a los tribunales.

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