
Las Salas del Supremo consideran que basta con una sentencia del Alto Tribunal que unifique doctrina con valor casacional de las Audiencias Provinciales para que se considere que ya se ha fijado jurisprudencia sobre esa materia.
Así lo anunció el presidente de la Sala de lo Civil del TS, el magistrado Xiol Ríos, en su intervención en el II Congreso Internacional de Derecho Concursal, organizado por la editorial jurídica La Ley y el Departamento de Derecho Mercantil de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense.
Xiol explicó que el TS se está olvidando del sentido clásico de la jurisprudencia, que parecía una emanación de la repetición de sentencias y está evolucionando en estos conceptos. Justificó, que este concepto de unificación de doctrina es el que ha llevado a los magistrados del Supremo a solicitar el incremento del capital mínimo para poder recurrir en casación, que el Gobierno ha introducido en el Proyecto de Ley de Medidas de Agilización de la Justicia.
Explicó, que "se trata de que el recurso de casación no sea una tercera instancia, sino que se cumpla la Ley de Enjuiciamiento Civil y la actividad se centre en el interés casacional y no en la cuantía económica. Así, podrán abordarse asuntos que estén por debajo de los 800.000 euros e, incluso por debajo de los 150.000 euros, lo que aumentará la seguridad jurídica para todos los ciudadanos".
Detalles de la Ley Concursal
Sobre el actual proyecto de Ley Concursal, dijo que "los asuntos concursales se rigen en su totalidad por el interés casacional y no por su cuantía económica" y comentó que la jurisprudencia del Supremo ha abordado importantes interpretaciones sobre aspectos de la actual Ley, aunque los litigios se han abordado con la norma anterior.
Sobre la sentencia del Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona sobre la dación de la vivienda a cambio de la deuda hipotecaria, el catedrático de Derecho Mercantil, Manuel Olivencia, aseguró que "el fallo de Seijó me parece acertado. Adelanta algo que podría terminar llevándose a cabo. Una bienvenida interpretación progresista".
Fuga de refinanciación
La catedrática de Derecho Mercantil, Juana Pulgar, advirtió, en relación a los acuerdos preconcursales de refinanciación, de la gran trascendencia que tiene para nuestra economía "la fuga de refinanciaciones de nuestro sistema a otros países porque los operadores crean que es más fácil refinanciar bajo sus sistemas normativos". Criticó que la previsión que exime al deudor de solicitar la declaración de concurso cuando haya iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo, "cubra únicamente concursos que se celebren en España y no los que tengan lugar en otros Estados, facilitando la fuga".
Otro problema es la posibilidad de que los acreedores mayoritarios, impongan el contenido del aplazamiento en los pagos a los disidentes. Si bien "es un acierto, adolece de la excepción prevista a los acreedores dotados de garantía real. Además, criticó que la administración concursal pueda alterar la regla general de pago de los créditos de la masa según sus respectivos vencimientos. Algo que, "provocará una inseguridad tremenda en los mercados que disuadirá a los operadores extranjeros".
El profesor de Derecho Mercantil, Sebastián Sastre, señaló que "los acreedores que se desentienden de la negociación pueden entorpecer enormemente el acuerdo", por lo que la posibilidad de su homologación a los disidentes es "un paso muy importante en materia de equiparación de acuerdos preventivos extrajudiciales". No obstante, criticó que el límite de un año para extenderla "es insuficiente y provoca que el plan de refinanciación esté llamado al fracaso".
Finalmente, Borja Villena, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, puso el acento en "los peajes por los que hay que pasar para llegar a una refinanciación, que desincentivan las opciones tan necesarias en estos momentos". En la línea, el abogado Antonio Fernández, apreció "un endurecimiento de las entidades financieras para alcanzar estos acuerdos, porque no creen que dotar de viabilidad al deudor sea la mejor manera de poder cobrar sus créditos e imponen condiciones más gravosas".