
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado parcialmente los acuerdos del Consejo General del Notariado, adoptados el 16 y el 28 de febrero de 2009, relativos a las compensaciones institucionales para los notarios que desempeñen determinados cargos o tareas corporativas.
En su sentencia de 14 de enero de 2011, que resuelve el recurso del Colegio Notarial de Madrid que impugna los mencionados acuerdos, que prevén la compensación "en cuantía tal que absorba el perjuicio generado a aquel notario dada su ausencia en su notaría", entiende que las prestaciones, tal y como son configuradas, no responden a las de la especie indemnizatoria, sino a las retributivas.
El ponente, el magistrado Martín Corredera, explica que, según el actual sistema, las compensaciones "al ser fijadas ex ante, a tanto alzado y prescindiendo de sistemas objetivables de contrastación de naturaleza cuantitativa, impiden reconocer en ellas alguna relación de correspondencia con los perjuicios indemnizables".
Algo incompatible, explica el fallo, con lo dispuesto por la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2008, que anulaba el último inciso del artículo 344. A.11 del Reglamento Notarial, por entender que "la expresión compensación institucional no es una verdadera compensación, sino que supone una retribución fija por el desempeño de tales cargos, que a la vista del artículo 318 del propio Reglamento tienen carácter de gratuito".
Irrelevancia de la revisión
De este modo, y a pesar de que el ponente aprecia la existencia cierta de perjuicios cuando el notario tiene que ausentarse de la notaría por llevar a cabo tareas del Consejo, algo que, reconoce, es susceptible de indemnización, estima que la cuantificación y modo de abono de la compensación, "margina el cumplimiento de la citada sentencia del Tribunal Supremo".
Y concluye que, la circunstancia de que los acuerdos prevean una ulterior confirmación o revisión de la cantidad aprobada en la compensación, "no devalúa la conclusión de este Tribunal, porque se trataría más de un acto de declaración de voluntad que de una verificación empírica de resultados".