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Los Estados pueden decretar la emisión en abierto de los mundiales y las eurocopas de fútbol

La FIFA y la UEFA van a terminar por tener pesadillas con el Tribunal de Justicia de la UE. Los jueces comunitarios han tumbado este jueves los recursos planteados por la federación internacional de fútbol y la europea contra Reino Unido y Bélgica, países que con la bendición de la Comisión Europea impusieron que todos los partidos del Mundial de fútbol y de la Eurocopa de naciones fueran retransmitidos en abierto, mermando los ingresos televisivos que los organizadores hubieran logrado si las emisiones hubieran sido en régimen de exclusividad.

El Tribunal de la UE ha sentenciado que un Estado del club comunitario puede, en determinadas condiciones, prohibir la retransmisión en régimen de exclusividad del conjunto de partidos del Campeonato del Mundo y de Europa de fútbol a través de una televisión de pago con el fin de permitir que su público siga estos acontecimientos mediante una televisión de acceso libre.

Y añade que puesto que estas competiciones revisten, en su conjunto, una gran importancia para la sociedad, esta restricción a la libre prestación de servicios y a la libertad de establecimiento queda justificada por el reconocimiento del derecho a la información y la necesidad de garantizar un amplio acceso del público a la cobertura televisiva de estos acontecimientos.

Tanto Bélgica como el Reino Unido elaboraron sendas listas de acontecimientos considerados de gran importancia para sus respectivas sociedades. En la lista belga se incluían, entre otros, todos los partidos de la fase final de la Copa del Mundo y en la lista del Reino Unido, la totalidad de los partidos de la fase final de la Copa del Mundo y de la Eurcopa de naciones, entre otros acontecimientos. Estas listas fueron comunicadas a la Comisión, la cual resolvió que eran compatibles con el Derecho comunitario.

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