El Tribunal Supremo ha reconocido por primera vez que las normas sobre márgenes, deducciones y descuentos aprobadas por el Gobierno desde 2000 están vinculadas al Real Decreto-Ley 5/2000 de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Contención del Gasto Farmacéutico público y de racionalización del Uso de los Medicamentos.
En un auto de 20 de diciembre, la Sala de los Contencioso-Administrativo del Supremo suspende el procedimiento de impugnación del Real Decreto 823/2008 "hasta que se resuelva la cuestión de inconstitucionalidad de la que trae causa el Decreto impugnado".
Con esta decisión, el Supremo emplaza al Tribunal Constitucional a emitir su dictamen sobre la inconstitucionalidad del RDL5/2000, después de admitir a trámite la cuestión en julio de 2006.
Esta norma impuso por primera vez una escala de deducciones a la facturación mensual de las farmacias, que ha sido especialmente gravosa para este sector. Desde su entrada en vigor y hasta el mes de diciembre de 2009, la farmacia ha devuelto un total de 3.333 millones de euros al Sistema Nacional de Salud, en virtud de un sistema que finalmente podría ser inconstitucional.
Hasta ahora, el Supremo nunca había admitido la vinculación al RDL 5/2000 de los Reales Decretos 1328/2003, 2402/2004 y 823/2008, que actualizan las escalas y los márgenes fijos aplicados a los medicamentos que superen un precio determinado.
El fallo deja en evidencia la posición del abogado del Estado que vincula el decreto impugnado a la nueva Ley del medicamento 29/2006. Por su parte, la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, como parte recurrente, siempre ha señalado que estas normas no son más que modificaciones delRDL5/2000 y, por tanto, emanan unas de otras.